Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 17-04-2024
III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-7664)
Resolución de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Madrid n.º 16 a inscribir una escritura de cambio de uso de local comercial a vivienda y constitución de régimen de propiedad horizontal.
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Resolución de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Madrid n.º 16 a inscribir una escritura de cambio de uso de local comercial a vivienda y constitución de régimen de propiedad horizontal.Núm. 94
Miércoles 17 de abril de 2024
Sec. III. Pág. 43288
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
7664
Resolución de 25 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador de la propiedad de Madrid n.º 16 a inscribir una escritura de
cambio de uso de local comercial a vivienda y constitución de régimen de
propiedad horizontal.
En el recurso interpuesto por doña María del Pilar López-Contreras Conde, notaria
de Madrid, contra la negativa del registrador de la Propiedad de Madrid número 16, don
José Luis Ramírez López, a inscribir una escritura de cambio de uso de local comercial a
vivienda y constitución de régimen de propiedad horizontal.
Hechos
Mediante escritura otorgada el día 25 de octubre de 2023 ante la notaria de Madrid,
doña María del Pilar López-Contreras Conde, con el número 1.835 de protocolo, la
sociedad «Gasogu Inmobiliaria, SL», titular registral de la finca registral 9.876 del
Registro de la Propiedad de Madrid número 16, consistente en una casa de tres plantas
integrada por cinco viviendas, un local comercial, un patio interior y otro exterior, con una
superficie del terreno 145,25 metros cuadrados, y la edificada de 114,31 metros
cuadrados, formalizó, entre otras, un cambio de uso del local comercial por el de
vivienda, una rectificación de la descripción y superficie de la finca registral, y la
constitución de la finca en régimen de propiedad horizontal.
El cambio de uso se realizó en virtud de declaración responsable de «primera
ocupación y funcionamiento parcial (transformación de local a vivienda a local,
ampliación, intensificación de uso…)» presentada electrónicamente ante el Ayuntamiento
de Madrid, con fecha de entrada el día 21 de abril de 2023.
En cuanto a la nueva descripción, esta pasaba a ser la siguiente: «Casa de tres
plantas, baja, primera y segunda, construida sobre un solar de ciento cuarenta y tres
metros cuadrados que linda (…) La planta baja tiene una superficie total construida de
ciento once metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados (…) El resto de la
superficie del solar no ocupada por la edificación corresponde a dos patios situados al
fondo o espalda de la casa, uno de veinte metros y ochenta y nueve decímetros
cuadrados (…) y otro de diez metros y cuarenta y dos decímetros cuadrados (…) La
planta primera tiene una superficie total construida de ciento seis metros y diez
decímetros cuadrados (…) La planta segunda tiene una superficie total construida de
ciento seis metros y diez decímetros cuadrados (…) La superficie total construida de la
edificación es de trescientos veintitrés metros y ochenta y nueve decímetros cuadrados».
Se declaraba expresamente que la modificación «no se debe a la realización de
obras de construcción del edificio, sino al cambio de uso del referido local comercial y la
necesidad de rectificar la descripción que figura en el Registro de la Propiedad para su
adecuación y coordinación con el Catastro Inmobiliario y la división horizontal de la finca,
de lo cual, ello no obstante, se solicita su inscripción al amparo del artículo 28.4 del Real
Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana».
Además, la finca se constituyó en régimen de propiedad horizontal, creando seis
elementos privativos consistentes en una vivienda en planta baja letra A, con una
cve: BOE-A-2024-7664
Verificable en https://www.boe.es
I
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 17-04-2024
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