Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 06-05-2024
III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-9113)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se otorga el carácter singular a las inversiones realizadas por Red Eléctrica de España, SAU, en despachos de maniobra y telecontrol durante el ejercicio 2022 y su inclusión en el régimen retributivo de inversiones singulares con características técnicas especiales.
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Resolución de 25 de abril de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se otorga el carácter singular a las inversiones realizadas por Red Eléctrica de España, SAU, en despachos de maniobra y telecontrol durante el ejercicio 2022 y su inclusión en el régimen retributivo de inversiones singulares con características técnicas especiales.Núm. 110
Lunes 6 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 51245
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS
Y LA COMPETENCIA
9113
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados
y la Competencia, por la que se otorga el carácter singular a las inversiones
realizadas por Red Eléctrica de España, SAU, en despachos de maniobra y
telecontrol durante el ejercicio 2022 y su inclusión en el régimen retributivo de
inversiones singulares con características técnicas especiales.
Visto el expediente relativo al reconocimiento del carácter singular de la inversión
realizada en «Despachos de Maniobra y Telecontrol del ejercicio 2022» y su inclusión en
el régimen retributivo de inversiones singulares con características técnicas especiales,
de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Circular 5/2019, de 27 de noviembre,
de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, la Sala de Supervisión
Regulatoria, considerando lo siguiente:
La Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y
la Competencia, en su redacción dada por el Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero,
de medidas urgentes para adecuar las competencias de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia a las exigencias derivadas del derecho comunitario en
relación a las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE del Parlamento europeo y del
Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la
electricidad y del gas natural, establece en su artículo 7.1.g) que es función de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia establecer mediante circular la
metodología, los parámetros y la base de activos para la retribución de las instalaciones
de transporte de energía eléctrica conforme las orientaciones de política energética.
El artículo 7.1 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, establece que esta Circular, así como
los actos de ejecución y aplicación de la misma, serán publicados en el «Boletín Oficial
del Estado» (BOE).
El preámbulo del Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, hace constar que «en
relación con la retribución de las actividades de transporte y distribución de gas y
electricidad y de las plantas de gas natural licuado, la norma concreta que la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia aprobará la metodología, los parámetros
retributivos, la base regulatoria de activos y la remuneración anual de la actividad».
En fecha 5 de diciembre de 2019, la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia aprobó la Circular 5/2019, por la que se establece la metodología para el
cálculo de la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 7.1.g) de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en su redacción dada por el Real
Decreto-ley 1/2019, publicada en el BOE el día 19 de diciembre de 2019.
La citada Circular 5/2019 de 27 de diciembre, dispone en su artículo 9 la regulación
sobre el cálculo de la retribución de instalaciones singulares de instalaciones de
transporte de energía eléctrica.
Asimismo, en relación con la declaración de información de inversiones singulares en
despachos de maniobra y telecontrol, se estará a lo dispuesto a lo establecido en el
artículo 6 de la Circular informativa 4/2021, de 5 de mayo, de la CNMC, de petición de
información a las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica
para la supervisión y cálculo de la retribución de la actividad.
cve: BOE-A-2024-9113
Verificable en https://www.boe.es
I. Antecedentes
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 06-05-2024
Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de mayo de 2024 y se convocan las correspondientes subastas.
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