Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 24-05-2024
III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Fundaciones. (BOE-A-2024-10469)
Resolución de 20 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Dominicana para Prevenir la Violencia Juvenil.
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Resolución de 20 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Dominicana para Prevenir la Violencia Juvenil.Núm. 126
Viernes 24 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 59409
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
10469
Resolución de 20 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Dominicana para Prevenir la Violencia Juvenil.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por doña Bernarda Isabel Jiménez Clemente,
doña Carmen Amelia Cedeño Cedano, don Julio César Vargas de la Cruz, don Luis
Armando García Segura, don Ramón Antonio Burgos Domínguez, doña Ramona
Crismeidy Ureña Zapata y doña Thelma Amparo Kun-Hardt Javier, según resulta de la
escritura otorgada ante el notario de Madrid, Francisco Consegal García, el 29 de abril
de 2022, con el número 2.878 de protocolo, subsanada por otras otorgadas ante el
mismo notario el 10 de octubre de 2022, protocolo 6.155, 26 de septiembre de 2023,
protocolo 5.777 y 29 de noviembre de 2023, protocolo 7.439.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Paseo de la Castellana
n.º 30, 1.º derecha, 28046 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el
territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada según se acredita con certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
Fomentar el proceso de paz entre agrupaciones juveniles de calle.
Fortalecimiento, fomento, y estimulación de la creación artística y cultural dominicana
y española.
Fortalecer la imagen de la comunidad dominicana en España.
Patronos.
Doña Bernarda Isabel Jiménez Clemente, doña Carmen Amelia Cedeño Cedano,
don Julio César Vargas de la Cruz, don Luis Armando García Segura, don Ramón
Antonio Burgos Domínguez, doña Ramona Crismeidy Ureña Zapata y doña Thelma
Amparo Kun-Hardt Javier.
Cargos:
Presidente: Doña Bernarda Isabel Jiménez Clemente.
Vicepresidente: Doña Ramona Crismeidy Ureña Zapata.
Secretario: Don Ramón Antonio Burgos Domínguez.
cve: BOE-A-2024-10469
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 24-05-2024
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