Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 27-05-2024
III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-10646)
Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Abogados de Burgos.
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Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Abogados de Burgos.Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 60384
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
10646
Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Abogados de Burgos.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Abogados de Burgos, un convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura
como anexo de esta resolución.
Madrid, 17 de mayo de 2024.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaria de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio Oficial de Abogados de Burgos en materia de gestión
catastral
Madrid y Burgos, dieciséis de mayo del año dos mil veinticuatro.
De una parte don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, de 31 de diciembre)
en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo
decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte doña Mónica Pérez Villegas, Decana del Ilustre Colegio de Abogados
de Burgos, habiendo sido proclamada electa el 28 de junio de 2022, cuya representación
desempeña de conformidad con el artículo 17 de su Estatuto particular, inscrito en el
Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León por Orden
PAT/355/2005, de 18 de febrero de la Consejería de Presidencia y Administración
Territorial de la Junta de Castilla y León (BOCYL de 21 de marzo).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General
del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y
demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.
cve: BOE-A-2024-10646
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 27-05-2024
Resolución de 21 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Autoridad Portuaria de Tarragona.
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