Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 29-05-2024
III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-10849)
Orden CLT/503/2024, de 27 de mayo, sobre fijación de límites para la administración de créditos para gastos y de delegación de competencias.
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Orden CLT/503/2024, de 27 de mayo, sobre fijación de límites para la administración de créditos para gastos y de delegación de competencias.Núm. 130
Miércoles 29 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 62320
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
Orden CLT/503/2024, de 27 de mayo, sobre fijación de límites para la
administración de créditos para gastos y de delegación de competencias.
El artículo 15 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se
reestructuran los departamentos ministeriales dispone que al Ministerio de Cultura le
corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de promoción,
protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de las
artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades cinematográficas y
audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así como la promoción y difusión de la
cultura en español, el impulso de las acciones de cooperación cultural y, en coordinación
con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de las relaciones
internacionales en materia de cultura.
Este Ministerio dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de
Cultura.
Una vez que el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, define los diferentes
Ministerios y los órganos superiores de cada uno de ellos, el Real Decreto 1009/2023,
de 5 de diciembre, establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales, y concreta, en su artículo 14, los órganos directivos en los que se
estructura el Ministerio de Cultura.
La creación de la Secretaría de Estado de Cultura como órgano superior del
departamento, hizo necesario dictar una nueva orden de delegación de competencias, la
Orden CLT/12/2024, de 12 de enero, sobre fijación de límites para la administración de
determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, para adecuarlas a
esta nueva estructura.
Finalmente, el Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, y se modifica el Real
Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica
básica de los departamentos ministeriales, ha culminado el desarrollo de la estructura de
este Departamento, determinando sus órganos directivos, hasta el nivel orgánico de
Subdirección General y definiendo las competencias de cada uno de estos órganos.
Las novedades estructurales que se incorporan y los cambios de adscripción de
algunos de sus órganos, hacen necesario dictar una nueva orden de delegación de
competencias, que actualice las existentes y adapte la forma de ejercicio de las
competencias de sus órganos superiores y directivos a la nueva estructura del Ministerio.
Todo ello con el fin de conseguir la máxima eficacia y racionalización en el desarrollo de
la actividad administrativa.
De este modo, en primer lugar, mediante esta orden se fijan los límites cuantitativos a
los que se refieren los artículos 61, apartados l) y p), 62.2, apartados h) y j), y 63.1,
apartados i) y j), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, relativos a la administración de los créditos para gastos y a la concesión de
subvenciones y otras ayudas por parte de las personas titulares de la Secretaría de
Estado de Cultura y de la Subsecretaría de Cultura.
Asimismo, se establecen las delegaciones de competencias realizadas por la
persona titular del Departamento y se aprueban las delegaciones de competencias
efectuadas por las personas titulares de la Secretaría de Estado de Cultura y de la
Subsecretaría de Cultura en otros órganos del Departamento así como las que se
refieren a los organismos públicos adscritos.
cve: BOE-A-2024-10849
Verificable en https://www.boe.es
10849
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