Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 30-05-2024
T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Autos. (BOE-A-2024-10948)
Pleno. Auto 37/2024, de 23 de abril de 2024. Recurso de inconstitucionalidad 8042-2023. Levanta la suspensión en el recurso de inconstitucionalidad 8042-2023, interpuesto por el presidente del Gobierno en relación con diversos preceptos del Decreto-ley del Gobierno de Aragón 1/2023, de 20 de marzo, de medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo de cercanía en Aragón.
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Pleno. Auto 37/2024, de 23 de abril de 2024. Recurso de inconstitucionalidad 8042-2023. Levanta la suspensión en el recurso de inconstitucionalidad 8042-2023, interpuesto por el presidente del Gobierno en relación con diversos preceptos del Decreto-ley del Gobierno de Aragón 1/2023, de 20 de marzo, de medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo de cercanía en Aragón.Núm. 131
Jueves 30 de mayo de 2024
Sec. TC. Pág. 63159
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
10948
Pleno. Auto 37/2024, de 23 de abril de 2024. Recurso de inconstitucionalidad
8042-2023. Levanta la suspensión en el recurso de inconstitucionalidad
8042-2023, interpuesto por el presidente del Gobierno en relación con
diversos preceptos del Decreto-ley del Gobierno de Aragón 1/2023, de 20 de
marzo, de medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el
consumo de cercanía en Aragón.
ECLI:ES:TC:2024:37A
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido
Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada
Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón,
don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel
Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño, don Juan
Carlos Campo Moreno y doña Laura Díez Bueso, en el recurso de inconstitucionalidad
núm. 8042-2023, interpuesto por el presidente del Gobierno, en relación con el Decretoley del Gobierno de Aragón 1/2023, de 20 de marzo, de medidas urgentes para el
impulso de la transición energética y el consumo de cercanía en Aragón, ha dictado, con
ponencia del magistrado don César Tolosa Tribiño, el siguiente
AUTO
I. Antecedentes
2. Por providencia de 30 de enero de 2024 el Pleno del Tribunal Constitucional, a
propuesta de la Sección Tercera, acordó admitir a trámite el recurso de
inconstitucionalidad, dar traslado de la demanda y documentos presentados, conforme
establece el art. 34 LOTC, al Congreso de los Diputados y al Senado, por conducto de
sus presidentes, así como a las Cortes de Aragón y al Gobierno de Aragón, por conducto
de sus presidentes, al objeto de que, en el plazo de quince días, puedan personarse en
el proceso y formular las alegaciones que estimaren convenientes; tener por invocado
por el presidente del Gobierno el art. 161.2 de la Constitución, lo que, a su tenor y
conforme dispone el art. 30 LOTC, produce la suspensión de la vigencia y aplicación de
los preceptos impugnados, desde la fecha de interposición del recurso –21 de diciembre
de 2023– para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la
cve: BOE-A-2024-10948
Verificable en https://www.boe.es
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el día 21 de diciembre de 2023, el
abogado del Estado interpuso, en nombre del presidente del Gobierno, recurso de
inconstitucionalidad contra los artículos 4; 5, apartados 1, 2 y 4; 6; 7, apartados 1, 2, y
letras a), b) y c) del apartado 3; 12, apartado 2 en cuanto al inciso «Las redes interiores
podrán establecerse en cualquier nivel de tensión a efectos de autoconsumo» y 3, en
cuanto al inciso «y a establecer y operar redes interiores de cualquier nivel de tensión
para establecer sistemas de autoconsumo»; 13, apartados 2, 3 y 4; 19; 22.2; 33; 38; 39;
40, apartados 2 y 3; 59; la disposición adicional cuarta; la disposición adicional quinta, y
la disposición transitoria tercera del Decreto-ley del Gobierno de Aragón 1/2023, de 20
de marzo, de medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo
de cercanía en Aragón.
El abogado del Estado invocó el art. 161.2 CE en relación con el art. 30 de la Ley
Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), a los efectos de que se produjera la
suspensión de la aplicación de los preceptos impugnados.
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