Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 05-06-2024
III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-11464)
Orden HAC/534/2024, de 29 de mayo, por la que se adapta la delegación de las competencias de gestión patrimonial relativas al arrendamiento de bienes inmuebles a la estructura orgánica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
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Orden HAC/534/2024, de 29 de mayo, por la que se adapta la delegación de las competencias de gestión patrimonial relativas al arrendamiento de bienes inmuebles a la estructura orgánica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.Núm. 136
Miércoles 5 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 65610
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
11464
Orden HAC/534/2024, de 29 de mayo, por la que se adapta la delegación de
las competencias de gestión patrimonial relativas al arrendamiento de bienes
inmuebles a la estructura orgánica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes.
Mediante Orden EHA/1670/2007, de 8 de mayo, se delegaron en el titular de la
Secretaría de Estado de Defensa y en los titulares de las Subsecretarías de cada uno de
los diferentes Ministerios las competencias para resolver los procedimientos de
arrendamiento de los bienes inmuebles que cada departamento ministerial precisase
para el cumplimiento de sus fines, así como las relativas a la declaración de prórroga,
novación y resolución anticipada de estos contratos.
En el ámbito del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
tras la aprobación del Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla
su estructura orgánica básica, y se modifica el Real Decreto 1012/2022, de 5 de
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del
Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre
su personal, la gestión patrimonial del Departamento se ha distribuido entre la Dirección
General de Servicios, dependiente de la Subsecretaría, a la que corresponde la
administración de los inmuebles que son sede de los servicios centrales del
Departamento y de los servicios periféricos dependientes de la Abogacía General del
Estado, y la Dirección General para el Servicio Público de la Justicia, dependiente de la
Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, que
tiene atribuida la gestión de los inmuebles afectados al Servicio Público de Justicia y a
las Gerencias Territoriales.
De acuerdo con esta distribución de funciones, procede actualizar la delegación de
competencias en materia de arrendamientos a fin de atribuir a la persona titular de la
Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, en el
ámbito inmobiliario cuya administración le corresponde según el artículo 4.1.y) del Real
Decreto 204/2024, de 27 de febrero, las competencias resolutorias relativas a los
procedimientos de gestión de arrendamientos.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y previa aprobación del Secretario de
Estado de Justicia, dispongo:
Delegación de competencias.
En el ámbito del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
las competencias delegadas por el apartado 1 del artículo primero de la Orden
EHA/1670/2007, de 8 de mayo, por la que se delegan competencias de gestión
patrimonial relativas al arrendamiento de bienes inmuebles en diferentes órganos
directivos de los departamentos ministeriales, se entenderán realizadas en la persona
titular de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de
Justicia, cuando se refieran a inmuebles afectados al Servicio Público de Justicia y a las
Gerencias Territoriales.
Segundo.
Ejercicio de las competencias delegadas.
El ejercicio de las competencias delegadas en virtud de la presente Orden se
sujetará a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2024-11464
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
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