Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 10-06-2024
III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Seguridad nuclear. (BOE-A-2024-11767)
Instrucción IS-46, de 14 de mayo de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, sobre seguridad física durante el transporte de materiales nucleares y fuentes radiactivas.
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Instrucción IS-46, de 14 de mayo de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, sobre seguridad física durante el transporte de materiales nucleares y fuentes radiactivas.Núm. 140
Lunes 10 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 67606
III. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR
Instrucción IS-46, de 14 de mayo de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear,
sobre seguridad física durante el transporte de materiales nucleares y fuentes
radiactivas.
Los materiales nucleares y las fuentes radiactivas son ampliamente utilizados en
diferentes sectores, que van desde la propia generación eléctrica hasta múltiples
aplicaciones en medicina, industria, agricultura o investigación. Sin embargo, por la
propia naturaleza de este tipo de materiales, su posesión y uso deben ser controlados de
acuerdo con estrictos requisitos no solo de seguridad tecnológica y protección
radiológica, sino también de seguridad física, con la finalidad de impedir que estos
materiales puedan ser objeto de actos maliciosos tales como el sabotaje, el robo o su
retirada no autorizada para usos indebidos.
En concreto, las principales preocupaciones surgen de aquellas amenazas que
pudieran concretarse en la realización de actos dolosos tales como la fabricación de
dispositivos explosivos nucleares improvisados a partir de la retirada no autorizada de
materiales nucleares, o la utilización de fuentes radiactivas para causar daños a las
personas o al medio ambiente por exposición indebida a las radiaciones ionizantes a
través de dispositivos de dispersión radiológica o dispositivos de exposición a la
radiación. Otras amenazas podrían consistir también en la dispersión de materiales
radiactivos, a partir de actos de sabotaje radiológico durante las operaciones de
transporte.
Es precisamente durante el transporte donde los materiales nucleares y las fuentes
radiactivas son particularmente vulnerables frente a actos maliciosos, al encontrarse
fuera de la envolvente de protección de las instalaciones fijas donde habitualmente son
utilizados o almacenados y al discurrir por lugares de dominio público.
Si bien es cierto que el historial de la seguridad física durante el transporte de
materiales nucleares y fuentes radiactivas ha sido muy aceptable, los riesgos
particulares asociados a esta actividad y la creciente preocupación y concienciación
tanto nacional como internacional sobre la aparición de nuevas amenazas, requieren de
la implantación de las medidas de seguridad física necesarias para disuadir, evitar,
detectar, retardar y responder a aquellos actos maliciosos que intencionadamente
pudieran ocurrir contra estos materiales nucleares y fuentes radiactivas.
Aunque los términos «seguridad física» y «protección física» se utilizan a menudo de
manera indistinta, cada uno tiene diferentes matices. La «protección física» se refiere a
aquellas medidas específicas implementadas para proteger los materiales nucleares, las
fuentes radiactivas y las instalaciones asociadas. Por otro lado, la «seguridad física» es
un término más amplio que no sólo incluye la protección física, sino también la
protección de la información sensible, la seguridad informática o la protección contra
amenazas internas, entre otros aspectos.
El artículo 2.f) de la Ley 15/1980, de 22 de abril, de Creación del Consejo de
Seguridad Nuclear, atribuye a este organismo público la función de «Colaborar con las
autoridades competentes en la elaboración de los criterios a los que han de ajustarse los
planes de emergencia exterior y de protección física de las instalaciones nucleares y
radiactivas, y una vez redactados los planes, participar en su aprobación».
El Real Decreto 1308/2011, de 26 de septiembre, sobre protección física de las
instalaciones y los materiales nucleares, y de las fuentes radiactivas, tiene por objeto el
establecimiento de un régimen de protección física de las instalaciones nucleares, los
cve: BOE-A-2024-11767
Verificable en https://www.boe.es
11767
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 10-06-2024
Resolución de 30 de mayo de 2024, de la Dirección General de Políticas contra la Despoblación, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cantabria, para la realización del Programa Campus Rural de prácticas universitarias en el medio rural.
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