Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 11-06-2024
I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Organización. (BOE-A-2024-11777)
Orden DEF/559/2024, de 29 de mayo, por la que se modifica la Orden DEF/708/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército de Tierra.
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Orden DEF/559/2024, de 29 de mayo, por la que se modifica la Orden DEF/708/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército de Tierra.Núm. 141
Martes 11 de junio de 2024
Sec. I. Pág. 67782
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE DEFENSA
Orden DEF/559/2024, de 29 de mayo, por la que se modifica la Orden
DEF/708/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica
del Ejército de Tierra.
La Orden DEF/708/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización
básica del Ejército de Tierra, fue aprobada para adaptar la estructura del Ejército de
Tierra (ET) en línea con lo establecido por el Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo, por
el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas, y siguiendo las
directrices emanadas de la Orden Ministerial 26/2020, de 11 de junio, por la que se
establecen los principios básicos comunes de la organización de las Fuerzas Armadas.
Actualmente, el ET está en pleno proceso de transformación hacia el Ejército 2035,
en el que se presentan una serie de retos, como la transformación digital, el crecimiento
tecnológico o la irrupción de tecnologías disruptivas. Todo ello genera nuevas y mayores
responsabilidades en el ámbito logístico y, particularmente, en materia de ingeniería. Por
lo tanto, es preciso adoptar estructuras flexibles, orientadas a procesos, de forma que
permitan dar una respuesta ágil y eficaz a las necesidades planteadas, con un fuerte
apoyo de ingeniería.
Por lo anteriormente expuesto, se ha incluido en la presente orden ministerial la
modificación de la Jefatura de los Sistemas de Información, Telecomunicaciones y
Asistencia Técnica para convertirla en la Jefatura del Ciberespacio y de los Servicios de
Asistencia Técnica del ET, una denominación que engloba de manera más precisa sus
cometidos actuales así como su previsible evolución, en línea con el concepto de empleo
de las Fuerzas Armadas, que destaca la importancia del ciberespacio como un nuevo
ámbito de las operaciones militares. En este sentido, el Real Decreto 521/2020, de 19 de
mayo, establece en su preámbulo que la organización de las Fuerzas Armadas debe
responder al ritmo acelerado de la evolución de sus formas de actuación. Por tanto, con
este cambio el ET se adapta a las nuevas tecnologías, en línea con lo establecido por los
conceptos doctrinales y las tendencias a nivel conjunto y de las principales
Organizaciones Internacionales de Seguridad y Defensa.
Asimismo, tras la aprobación de la Orden DEF/708/2020, de 27 de julio, se han
producido determinados cambios organizativos, competenciales y de denominación de
unidades que es preciso incluir en la citada norma, a fin de que dichas denominaciones
sean acordes a dichos cambios.
Por otra parte, es necesario realizar un cambio organizativo en el Mando de Apoyo
Logístico del ET, transformando su Jefatura de Ingeniería, encuadrada en la Jefatura del
citado mando, en Dirección de Ingeniería del Mando de Apoyo Logístico. De este modo,
se potenciarán las capacidades de apoyo en el ámbito de la ingeniería para hacer frente
a las nuevas necesidades del ET.
Esta norma, de carácter eminentemente organizativo, se adecua a los principios de
buena regulación conforme a los cuales deben actuar las Administraciones Públicas en
el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, como son los principios
de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia,
previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A estos efectos, se pone de manifiesto el cumplimiento de los principios de
necesidad y eficacia y que la norma es acorde al principio de proporcionalidad, al
contener la regulación imprescindible para la consecución del objetivo previamente
establecido y de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional para
generar un marco normativo integrado y estable.
cve: BOE-A-2024-11777
Verificable en https://www.boe.es
11777
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