Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 11-06-2024
III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sector gasista. (BOE-A-2024-11856)
Resolución de 5 de junio de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se corrigen errores en la de 23 de mayo de 2024, por la que se establece la retribución para el año de gas 2025 de las empresas que realizan las actividades reguladas de plantas de gas natural licuado, de transporte y de distribución de gas natural.
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Resolución de 5 de junio de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se corrigen errores en la de 23 de mayo de 2024, por la que se establece la retribución para el año de gas 2025 de las empresas que realizan las actividades reguladas de plantas de gas natural licuado, de transporte y de distribución de gas natural.Núm. 141
Martes 11 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 68184
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS
Y LA COMPETENCIA
11856
Resolución de 5 de junio de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y
la Competencia, por la que se corrigen errores en la de 23 de mayo de 2024,
por la que se establece la retribución para el año de gas 2025 de las
empresas que realizan las actividades reguladas de plantas de gas natural
licuado, de transporte y de distribución de gas natural.
Antecedentes de hecho
Primero.
Por Resolución de 23 de mayo de 2024, la Sala de Supervisión Regulatoria aprobó
la retribución para el año de gas 2025 de las empresas que realizan las actividades
reguladas de plantas de gas natural licuado, de transporte y de distribución de gas
natural (procedimiento RAP/DE/011/24). Esta resolución fue publicada en el BOE
el 30 de mayo de 2024.
Segundo.
Una vez aprobada y publicada la Resolución de 23 de mayo de 2024, se ha
advertido error en el apartado del anexo I.1.D. Retribución del año de gas 2025 por
instalaciones en Situación Administrativa Especial (página 62945 BOE-A-2024-10935,
de 30 de mayo).
Fundamentos de Derecho
Según el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, «Las Administraciones
Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los
interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».
De acuerdo con los citados antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, el
Secretario del Consejo de la CNMC, resuelve:
Corregir el error de la resolución de 23 de mayo de 2024, por la que se establece la
retribución para el año de gas 2025 de las empresas que realizan las actividades
reguladas de plantas de gas natural licuado, de transporte y de distribución de gas
natural.
cve: BOE-A-2024-11856
Verificable en https://www.boe.es
En la página 62945 del BOE de 30 de mayo, donde en el «Anexo I.1.D. Retribución
del año de gas 2025 por instalaciones en Situación Administrativa Especial», dice:
«Planta de regasificación de El Musel de Enagas Transporte, SAU», debe decir: «Planta
de regasificación de El Musel de Musel Energy Hub, SL».
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 11-06-2024
Resolución de 4 de junio de 2024, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Normalización, para el fomento de la normalización en maquinaria agrícola y productos fertilizantes.
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