Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 11-06-2024
III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Fundaciones. (BOE-A-2024-11836)
Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Iberoamericana Alianza del Seguro.
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Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Iberoamericana Alianza del Seguro.Núm. 141
Martes 11 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 68047
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
11836
Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Iberoamericana Alianza del Seguro.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por la entidad mercantil Instituto Génesis, SL,
según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Terrassa, don Joaquín Fernando
Rubio García-Morán, el 21 de septiembre de 2023, con el número 47 de protocolo
subsanada por otra otorgada ante el notario de Terrassa, don Juan Manuel ÁlvarezCienfuegos Suárez, el 8 de febrero de 2024, protocolo 304.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Cardaire, números 36-38,
ático 2.ª, CP 08221 de Barcelona y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio
del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada tal y como se acredita con la correspondiente certificación
bancaria, mediante diligencia de 24 de abril de 2024 a la escritura de constitución, don
José Eusebio Climent Mayor como Administrador solidario de la sociedad Fundadora
manifiesta que dicha aportación se ha hecho con cargo a beneficios.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Integrar y desarrollar en el sector asegurador y financiero los Objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS) y de la Agenda 2030, que fueron aprobados por la Asamblea General
de Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015.
Impulsar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en otros sectores de actividad
económica, social, cultural y política para mejorar las condiciones de vida de las
personas y del planeta.
Promover y fomentar un diálogo sincero entre la sociedad y las empresas y
organizaciones del seguro para la consecución de una sociedad ética, más humana,
saludable, justa y sostenible, mediante un proceso de cambio y transformación social,
económica, política y cultural.
Quinto.
Patronos.
Don José Eusebio Climent Mayor, don Pascual Llongueras Arola y don José Luis
Mañero Carrasco.
cve: BOE-A-2024-11836
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto. Fines de la Fundación.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 11-06-2024
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