Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 03-07-2024
III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-13530)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Ciudad Real n.º 1, por la que se deniega la inscripción de un testimonio de sentencia.
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Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Ciudad Real n.º 1, por la que se deniega la inscripción de un testimonio de sentencia.Núm. 160
Miércoles 3 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 82571
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
13530
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la
registradora de la propiedad de Ciudad Real n.º 1, por la que se deniega la
inscripción de un testimonio de sentencia.
En el recurso interpuesto por doña E. Z. L. contra la calificación de la registradora de
la Propiedad de Ciudad Real número 1, doña Cristina Calvo Sánchez, por la que se
deniega la inscripción de un testimonio de sentencia.
Hechos
I
En sentencia de fecha 7 de enero de 2020, dictada por el Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción número 3 de Ciudad Real, en el procedimiento de juicio verbal
sobre división de herencia 42/2016, se estimó parcialmente la demanda interpuesta y se
aprobaba «la propuesta de inventario, pero excluyendo a favor de Don J. D. M. y de su
viuda Doña E. Z. L., la vivienda, la nave, el pozo de agua y 200 olivos aproximadamente
y árboles frutales dentro del vallado que ocupa respecto de la finca 55.913».
En el fundamento de Derecho primero de la sentencia constaba, literalmente, lo
siguiente: «El presente juicio verbal tiene su origen en las discrepancias surgidas entre
las partes a la hora de realizar el inventario de los bienes pertenecientes al fallecido Don
J. D. S. El desacuerdo a resolver se refiere a las discrepancias subsistentes en la
comparecencia de 28 de abril de 2.017. En la que se acepta el inventario propuesto por
la parte demandante excepto en considerar de propiedad privada ajena al caudal
hereditario, a favor de Don J. D. M. y su viuda Doña E. Z. L., la vivienda, la nave, el pozo
de agua y 200 olivos aproximadamente y árboles frutales dentro del vallado de la parte
que ocupa respecto de la finca 55.913. Debiendo destacarse que la cuestión a dilucidar
se ceñiría exclusivamente a la citada (…)».
La finca registral número 55.913 del Registro de la Propiedad de Ciudad Real
número 1 se encontraba inscrita en pleno dominio a favor de don J. D. S. y doña M. P. M.
II
Presentado el día 11 de enero de 2024 testimonio de la referida sentencia en el
Registro de la Propiedad de Ciudad Real número 1, fue objeto de la siguiente nota de
calificación:
I. El día 11 de enero de 2024 se presentó en este Registro un testimonio de la
Sentencia dictada por el Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción número 3 de Ciudad
Real, en los autos de juicio verbal número 42/2016. Dicho documento motivo el asiento
de presentación 1581 del tomo 169 del Diario.
II. Del documento presentado, así como de los libros del Registro resulta las
siguientes circunstancias que son determinantes para esta calificación.
1. La parte de finca en litigio, registral número 55.913 se encuentra inscrita en pleno
dominio a favor de don J. D. S. y doña M. P. M.
cve: BOE-A-2024-13530
Verificable en https://www.boe.es
«Antecedentes de hecho
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