Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 04-07-2024
V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-25116)
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., por el que se somete a información pública la autorización para el aprovechamiento de recursos superficiales no asignados procedentes de los embalses de laminación de la cuenca, para el presente año hidrológico.
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Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., por el que se somete a información pública la autorización para el aprovechamiento de recursos superficiales no asignados procedentes de los embalses de laminación de la cuenca, para el presente año hidrológico.Núm. 161
Jueves 4 de julio de 2024
Sec. V-B. Pág. 37680
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
25116
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., por el que
se some te a información pública la autorización para e l
aprovechamiento de recursos superficiales no asignados procedentes
de los e mbalse s de laminación de la cue nca, para e l pre se nte año
hidrológico.
Con fecha 14/06/2024 Dirección Técnica ha informado acerca de los
volúmenes existentes en los embalses de laminación de la cuenca, susceptibles de
ser asignados en el presente año hidrológico.
Teniendo en cuenta la calidad de los recursos y los condicionantes de
caudales ambientales, el volumen desembalsable hasta la fecha es el siguiente:
embalse del Judío (0,58 hm³); embalse de los Rodeos (1,108 hm³) y embalse del
Moro ( 0,193 hm³).
El desembalse estará condicionado, en todo caso, a la calidad que presenten
las aguas en el momento de su desembalse, estando prohibido en caso de
aparición de cianobacterias o en caso de que la calidad pueda afectar a las aguas
circulantes por el río.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 34.5 de la normativa del Plan
Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Segura, aprobado por Real Decreto
35/2023, de 24 de enero, los recursos procedentes de obras de defensa contra
avenidas están a disposición de la Confederación Hidrográfica del Segura que,
previa autorización, puede destinarlos entre otras funciones, a aliviar déficit
puntuales.
Existiendo en la actualidad un volumen total de 1,88 hm³ susceptibles de
asignación, sujeto a modificaciones tanto al alza como a la baja en función de las
necesidades del Organismo de cuenca, para la asignación de volúmenes se
considera conveniente atender las peticiones que puedan plantear los usuarios de
la Demarcación Hidrográfica que presenten problemas de atención de la demanda.
Dado el carácter urgente de desembalsar las aguas almacenadas, es de
aplicación el procedimiento de urgencia contemplado en el art. 33 de la Ley 39/
2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Primero: otorgar un plazo de quince días a partir de la fecha de la publicación
en el BOE de la presente convocatoria para que los usuarios de la Demarcación
Hidrográfica del Segura que deseen aprovechar estos recursos presenten solicitud
ante este Organismo, justificando el déficit que solicitan que sea atendido.
Segundo: establecer como condiciones esenciales que habrán de cumplir los
usuarios que puedan ser autorizados las siguientes:
a) Régimen de aprovechamiento de las aguas: el aprovechamiento se llevará a
cabo incorporando los recursos al sistema único de explotación, permitiendo la
cve: BOE-B-2024-25116
Verificable en https://www.boe.es
Por todo ello, vistos los datos de Dirección Técnica, y de conformidad con lo
previsto en el artículo 96.4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio
de las Administraciones Públicas, se acuerda:
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