Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 05-07-2024
III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-13823)
Resolución de 27 de junio de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen las especificaciones de detalle para la determinación de la capacidad de acceso de generación a la red de transporte y a las redes de distribución.
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Resolución de 27 de junio de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen las especificaciones de detalle para la determinación de la capacidad de acceso de generación a la red de transporte y a las redes de distribución.Núm. 162
Viernes 5 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 84336
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS
Y LA COMPETENCIA
13823
Resolución de 27 de junio de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados
y la Competencia, por la que se establecen las especificaciones de detalle
para la determinación de la capacidad de acceso de generación a la red de
transporte y a las redes de distribución.
De acuerdo con la Circular 1/2021, de 20 de enero, de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia (CNMC), por la que se establece la metodología y
condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución de las
instalaciones de producción de energía eléctrica,
La Sala de Supervisión Regulatoria acuerda lo siguiente:
La Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la CNMC establece en su artículo 7.1.f) que
es función de esta Comisión establecer mediante circular, previo trámite de audiencia, con
criterios de eficiencia económica, transparencia, objetividad y no discriminación, y de acuerdo
con las orientaciones de política energética, las metodologías utilizadas para calcular las
condiciones para la conexión y acceso a las redes de gas y electricidad.
Asimismo el artículo 33 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico,
establece en su apartado 11 que la CNMC «aprobará mediante Circular la metodología y
las condiciones de acceso y conexión que comprenderá: el contenido de las solicitudes y
permisos, los criterios económicos, los criterios para la evaluación de la capacidad, los
motivos para la denegación, el contenido mínimo de los contratos y la obligación de
publicidad y transparencia de la información relevante para el acceso y la conexión».
En el ejercicio de esta competencia, el 22 de enero de 2021 fue publicada en el
«Boletín Oficial del Estado» (BOE) la Circular 1/2021, de 20 de enero, por la que se
establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de
transporte y distribución de las instalaciones de producción de energía eléctrica
(Circular 1/2021). Esta norma se publicó unos días después de la entrada en vigor del
Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de
transporte y distribución de energía eléctrica (RD 1183/2020), que regula los aspectos de
acceso y conexión que se enmarcan en el ámbito competencial del Gobierno.
La citada Circular prevé en su artículo 13 el procedimiento conforme al cual la CNMC
aprobará mediante resolución aquellas especificaciones de detalle que puedan resultar
necesarias para desarrollar la metodología y condiciones del acceso y conexión a las
redes de transporte y distribución, previo trámite de audiencia y remisión al Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) para que, en el marco de
sus competencias, pueda emitir informe en los términos previstos en el artículo 80.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. De acuerdo con dicho procedimiento, el 20 de mayo de 2021
fue publicada en el BOE la resolución de la CNMC por la que se establecen las
especificaciones de detalle para la determinación de la capacidad de acceso de
generación a la red de transporte y a las redes de distribución.
Transcurridos casi tres años desde la entrada en vigor de la citada resolución, resulta
procedente reevaluar determinados aspectos, tales como contemplar los compensadores
síncronos en distribución, introducir el concepto de Grid Forming, mejorar la definición
del criterio de indisponibilidad simple (N-1) empleado en distribución, así como avanzar
cve: BOE-A-2024-13823
Verificable en https://www.boe.es
Antecedentes
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