Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 08-07-2024
V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. ADMINISTRACIÓN LOCAL. (BOE-B-2024-25789)
Acuerdo del Ayuntamiento de Benahavís sobre la concesión de autorización a Unicaja Banco S.A. para la colaboración en la gestión recaudatoria.
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Acuerdo del Ayuntamiento de Benahavís sobre la concesión de autorización a Unicaja Banco S.A. para la colaboración en la gestión recaudatoria.Núm. 164
Lunes 8 de julio de 2024
Sec. V-B. Pág. 38705
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN LOCAL
25789
Acue rdo de l Ayuntamie nto de Be nahavís sobre la conce sión de
autorización a Unicaja Banco S.A. para la colaboración en la gestión
recaudatoria.
Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de
Benahavís de fecha 11/06/2024, se concede autorización a Unicaja Banco S.A.,
con C.I.F. A93139053, para actuar como entidad colaboradora de la recaudación
municipal, lo que se publica para su general conocimiento de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 17.2 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el se
aprueba el Reglamento General de Recaudación, y cuyo tenor literal es el
siguiente:
"Vista la propuesta de Tesorería Municipal de fecha 15/04/2024, relativa a la
necesidad de la tramitación de un procedimiento para la autorización de la
colaboración de las entidades financieras del municipio y las vinculadas con el
Ayuntamiento en la gestión recaudatoria de la Entidad Local, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en la que se inicia el
expediente de autorización de entidades financieras para la colaboración en la
gestión recaudatoria.
Visto que el 18/04/2024 la Junta de Gobierno Local acordó el inicio del
procedimiento para la autorización de la colaboración en la gestión recaudatoria de
las entidades financieras del Ayuntamiento de Benahavís, y la comunicación a las
entidades financieras para la presentación de solicitudes.
Vista la instancia presentada el 22/05/2024 por la entidad financiera Unicaja
Banco S.A., con C.I.F. A93139053 y R.E. 2024-E-RE-3359, por la que se solicita la
adquisición de la condición de entidad colaboradora en la recaudación de tributos
con ocasión de la implantación del Cuaderno 60 de la AEB.
Visto el Informe-Propuesta de la Tesorería Municipal de fecha 06/06/2024
emitido en relación a la solicitud presentada, en el que se considera que la entidad
solicitante reúne los requisitos para ser autorizada como entidad colaboradora en
la recaudación de tributos y demás ingresos de conformidad con el Real Decreto
939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de
Recaudación.
PRIMERO. Autorizar a Unicaja Banco, S.A., con C.I.F. A93139053, a actuar
como entidad colaboradora de la recaudación de tributos y demás ingresos del
Ayuntamiento de Benahavís, cumpliendo con lo establecido en los artículos 17 y
siguientes del Reglamento general de recaudación, con el Cuaderno 60 de la AEB
y demás normas aplicables, y en particular con las estipulaciones fijadas por este
órgano colegiado en sesión de fecha 18/04/2024 para la colaboración en la gestión
recaudatoria por las distintas entidades financieras.
El incumplimiento por Unicaja Banco, S.A. de las referidas estipulaciones,
requisitos y condiciones que implican la autorización para operar como entidad
colaboradora producirá la inmediata revocación de la autorización.
cve: BOE-B-2024-25789
Verificable en https://www.boe.es
Los Sres. Concejales reunidos acuerdan por unanimidad:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 08-07-2024
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