Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 08-07-2024

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Boletín Oficial del Estado
08/07/2024

III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Entidades de seguros. (BOE-A-2024-13978)

Orden ECM/708/2024, de 26 de junio, de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de transporte de mercancías a Telefónica Seguros y Reaseguros, Compañía Aseguradora SAU.

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Orden ECM/708/2024, de 26 de junio, de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de transporte de mercancías a Telefónica Seguros y Reaseguros, Compañía Aseguradora SAU.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Lunes 8 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 85177

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
13978

Orden ECM/708/2024, de 26 de junio, de revocación de la autorización
administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de
transporte de mercancías a Telefónica Seguros y Reaseguros, Compañía
Aseguradora SAU.

La entidad Telefónica Seguros y Reaseguros, Compañía Aseguradora, SAU, inscrita
en el Registro administrativo de entidades aseguradoras con clave C0810, ha
presentado la renuncia a la autorización para operar en el ramo de mercancías
transportadas, ramo 7 de la clasificación prevista en el anexo de la Ley 20/2015, de 14
de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y
reaseguradoras.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.3.a) del mencionado texto legal,
procede la revocación de la autorización de un ramo o ramos o de una actividad, si la
entidad renuncia a ella expresamente.
En consecuencia, he resuelto:
Primero.
Revocar la autorización administrativa concedida a la entidad Telefónica Seguros y
Reaseguros, Compañía Aseguradora, SAU, para operar en el ramo de mercancías
transportadas, ramo 7 según la clasificación de los riesgos por ramos prevista en el
anexo de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las
entidades aseguradoras y reaseguradoras.
Segundo.
Ordenar la práctica de la correspondiente inscripción en el Registro administrativo
previsto en el artículo 40 de la mencionada Ley 20/2015, de 14 de julio.
Tercero.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo
previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con
carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente a la notificación de esta, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada
Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en
el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 26 de junio de 2024.–El Ministro de Economía, Comercio y Empresa, P.D.
(Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre de 2021), el Director General de Seguros y
Fondos de Pensiones, José Antonio Fernández de Pinto.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-13978
Verificable en https://www.boe.es

La presente Orden Ministerial se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 08-07-2024

III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-13957)

Resolución de 28 de junio de 2024, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica la extinción del Convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Piles.

IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2024-25643)

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IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2024-25652)

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