Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 08-07-2024
T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2024-13993)
Sala Primera. Sentencia 80/2024, de 3 de junio de 2024. Recurso de amparo 3308-2020. Promovido por don Antonio José Moreno Nieves en relación con la sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que le condenó, en casación, por diversos delitos. Vulneración de los derechos a un proceso con todas las garantías (doble instancia penal) y a la presunción de inocencia: condena en casación que prescinde del examen directo de los testimonios personales y del propio acusado y que no puede ser objeto de revisión.
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Sala Primera. Sentencia 80/2024, de 3 de junio de 2024. Recurso de amparo 3308-2020. Promovido por don Antonio José Moreno Nieves en relación con la sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que le condenó, en casación, por diversos delitos. Vulneración de los derechos a un proceso con todas las garantías (doble instancia penal) y a la presunción de inocencia: condena en casación que prescinde del examen directo de los testimonios personales y del propio acusado y que no puede ser objeto de revisión.Núm. 164
Lunes 8 de julio de 2024
Sec. TC. Pág. 85369
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
13993
Sala Primera. Sentencia 80/2024, de 3 de junio de 2024. Recurso de amparo
3308-2020. Promovido por don Antonio José Moreno Nieves en relación con
la sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que le condenó, en
casación, por diversos delitos. Vulneración de los derechos a un proceso con
todas las garantías (doble instancia penal) y a la presunción de inocencia:
condena en casación que prescinde del examen directo de los testimonios
personales y del propio acusado y que no puede ser objeto de revisión.
ECLI:ES:TC:2024:80
La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por el magistrado don
Cándido Conde-Pumpido Tourón, presidente, y los magistrados y magistradas don
Ricardo Enríquez Sancho, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa
Segoviano Astaburuaga y don Juan Carlos Campo Moreno, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 3308-2020, promovido por don Antonio José Moreno
Nieves, representado por el procurador de los tribunales don Joaquín Fanjul de Antonio y
asistido por el abogado don Juan Ignacio Pajares Muñoz, contra la sentencia
núm. 555/2019, de 13 de noviembre, de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo,
dictada en el recurso de casación núm. 1631-2018, que casó y anuló la sentencia de 3
de mayo de 2018 de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura que absolvió al actor tras estimar el recurso de apelación núm. 7-2018 que
había interpuesto contra la sentencia de 7 de febrero de 2018 de la Sección Tercera de
la Audiencia Provincial de Badajoz, dictada en el juicio oral núm. 46-2017, que le había
condenado como autor de un delito de agresión sexual, un delito de lesiones leves y un
delito de daños leves. El recurso se dirige también contra la segunda sentencia
casacional, que condenó al demandante en los mismos términos de la Audiencia
Provincial, y contra el auto de 19 de febrero de 2020 que desestimó el incidente de
nulidad de actuaciones promovido frente a las sentencias de casación. Ha intervenido el
Ministerio Fiscal. Ha sido ponente el presidente, don Cándido Conde-Pumpido Tourón.
Antecedentes
1. Mediante escrito que tuvo entrada en este tribunal el 16 de julio de 2020, el
procurador de los tribunales don Joaquín Fanjul de Antonio, en nombre y representación
de don Antonio José Moreno Nieves, interpuso recurso de amparo contra las sentencias
y el auto dictados por el Tribunal Supremo en el recurso de casación núm. 1631-2018
que se mencionan en el encabezamiento de esta sentencia.
2. Los hechos en que se sustenta la demanda son, sucintamente expuestos, los
siguientes:
a) La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Badajoz, con sede en Mérida,
dictó la sentencia núm. 18/2018, de 7 de febrero, en el juicio oral núm. 46-2017,
cve: BOE-A-2024-13993
Verificable en https://www.boe.es
I.
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