Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 10-07-2024

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Boletín Oficial del Estado
10/07/2024

I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Formación profesional marítima y sanitaria. (BOE-A-2024-14087)

Real Decreto 666/2024, de 9 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo, por el que se regula el procedimiento de acceso y el régimen de prestación de la formación profesional marítima y sanitaria del Instituto Social de la Marina.

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Real Decreto 666/2024, de 9 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo, por el que se regula el procedimiento de acceso y el régimen de prestación de la formación profesional marítima y sanitaria del Instituto Social de la Marina.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 166

Miércoles 10 de julio de 2024

Sec. I. Pág. 86708

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
Real Decreto 666/2024, de 9 de julio, por el que se modifica el Real Decreto
292/2018, de 18 de mayo, por el que se regula el procedimiento de acceso y
el régimen de prestación de la formación profesional marítima y sanitaria del
Instituto Social de la Marina.

Entre las funciones y competencias que la Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora
de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero,
atribuye al Instituto Social de la Marina, se encuentra la formación profesional de los
trabajadores del mar.
En relación con esta materia, tanto la Organización Internacional del Trabajo como la
Unión Europea han mostrado, a través de recomendaciones, convenios y directivas, su
preocupación por la formación profesional de las personas trabajadoras del mar y han
resaltado la importancia que esta formación reviste, toda vez que constituye un medio
evidente para su perfeccionamiento profesional y humano.
La Comisión de la Unión Europea destaca la competencia de los Estados miembros
en esta materia, recordándoles, sin embargo, la conveniencia de fomentar la
participación de todas las partes interesadas sobre las diferentes medidas que podrían
adoptarse para encarar los considerables retos a los que se enfrenta el sistema de
educación y formación marítima en su conjunto. Dichos retos son proporcionar gente del
mar de calidad capaces de trabajar a bordo de buques con los conocimientos e
instrumentos necesarios para aumentar sus perspectivas de movilidad y para que
puedan asumir una actividad profesional en tierra después de un número razonable de
años en la mar.
En una línea complementaria a lo anteriormente expuesto, el Instituto Social de la
Marina promueve el desarrollo formativo, en el marco de sus planes de formación, que
podrán ser cofinanciados por el Fondo Social Europeo, estando dicha actividad sometida
a un permanente proceso de evolución y adaptación, en función de la demanda del
sector, de las futuras normas que puedan producirse en el ámbito internacional o de los
avances tecnológicos o de cualquier otro tipo que incidan en la misma.
La entrada en vigor de la Ley 47/2015, de 21 de octubre, en cuyos artículos 38
y 41.2, abrió la posibilidad de que las personas beneficiarias de la formación del Instituto
Social de la Marina sean todas aquellas personas que puedan estar interesadas en dicha
formación para acceder o permanecer en ocupaciones del sector marítimo-pesquero, ha
propiciado que personas ajenas a dicho sector, pero que pretendan desarrollar una
actividad laboral en él, puedan tener derecho a la formación profesional marítima y
sanitaria que imparte el Instituto. Este hecho hizo necesario regular y garantizar el
ejercicio de este derecho al nuevo colectivo.
Asimismo, fue necesario regular un marco de convivencia, cualquiera que sea la
forma y el lugar en que se realice la formación, basado en el respeto a la integridad,
identidad y dignidad del alumnado, del personal docente y del personal de administración
y servicios, así como el correcto tratamiento de las acciones formativas que se
desarrollan en las direcciones provinciales y centros nacionales de formación marítima
del Instituto Social de la Marina.
Por todo lo dicho, se aprobó el Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo, por el que se
regula el procedimiento de acceso y el régimen de prestación de la formación profesional
marítima y sanitaria del Instituto Social de la Marina, y la Orden TMS/693/2018, de 28 de
junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo, por el que se

cve: BOE-A-2024-14087
Verificable en https://www.boe.es

14087

Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 10-07-2024

I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Centros docentes. Formación profesional. (BOE-A-2024-14079)

Real Decreto 658/2024, de 9 de julio, por el que se modifican el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria, y...

III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Servidumbres aeronáuticas. (BOE-A-2024-14128)

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V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-26011)

Anuncio de la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Ebro sobre competencia de proyectos relativa a una solicitud de concesión en el término municipal de La Almunia de Doña Godina (Zaragoza) expediente 2024-P-317.

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Anuncio de la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de información pública del procedimiento de extinción del derecho de la concesión de aguas públicas con expediente X-1875/2024.

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Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Tajo O.A. de la información pública de la solicitud de una concesión de aguas en el término municipal de San Bartolomé de las Abiertas (Toledo). Referencia C-0102/2023.

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