Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 15-07-2024
III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Fundaciones. (BOE-A-2024-14481)
Resolución de 11 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Flores de Kiskeya.
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Resolución de 11 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Flores de Kiskeya.Núm. 170
Lunes 15 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 88683
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
14481
Resolución de 11 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Flores de Kiskeya.
Antecedentes de Hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por la entidad «Asociación Flores de Kiskeya»
según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid, José María de Prada
Guaita, el 29 de enero de 2024, con el número 122 de protocolo.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Perdices, 14, c.p. 28707
de San Sebastián de los Reyes, Madrid, y su ámbito de actuación se extiende a todo el
territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 euros). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada tal y como se acredita con la correspondiente certificación
bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
– Ayudar a colectivos en situación de vulnerabilidad, desigualdad y/o exclusión
social, principalmente en Haití, República Dominicana, así como en países en vías de
desarrollo, pero también en España, cubriendo sus necesidades básicas y promoviendo
su autonomía, independencia y desarrollo.
– Fomentar la nutrición, salud, educación y empoderamiento de las personas, con
especial atención a colectivos desfavorecidos.
– Fomentar el autoempleo de las personas jóvenes o adultas sin recursos.
Patronos.
Doña Romana Cristina Pérez-Caballero Gregorio, doña Rocío Manuela Fairén Ercilla,
doña Carmen de Lis Aguirregomezcorta y doña María Cristina Gregorio Vidal.
Cargos:
Presidenta: Doña Romana Cristina Pérez-Caballero Gregorio.
Vicepresidenta: Doña Rocío Manuela Fairén Ercilla.
Secretaria: Doña Carmen de Lis Aguirregomezcorta.
Vocal: Doña María Cristina Gregorio Vidal.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas
anteriormente citadas.
cve: BOE-A-2024-14481
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 15-07-2024
Resolución de 4 de julio de 2024, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Universidad Europea Miguel de Cervantes, para la realización de prácticas académicas externas no remuneradas.
Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Autoridad Portuaria de Santander, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cantabria, para el desarrollo de una colaboración en relación con el Máster de Formación Permanente en Comercio, Transportes y Logística Internacional.
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