Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 31-07-2024
I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Organización. (BOE-A-2024-15702)
Real Decreto 759/2024, de 30 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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Real Decreto 759/2024, de 30 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.Núm. 184
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 97335
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
Real Decreto 759/2024, de 30 de julio, por el que se modifica el Real Decreto
1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica
básica de los departamentos ministeriales.
El Real Decreto 158/2024, de 8 de febrero, por el que se modifica el Real
Decreto 890/2023, de 27 de noviembre, por el que se aprueba la estructura de la
Presidencia del Gobierno, creó la Oficina Nacional de Asesoramiento Científico. En un
contexto en el que la complejidad de los retos sociales, económicos y medioambientales
a los que nos enfrentamos hace cada vez más necesario conectar las administraciones
públicas con la ciencia y las instituciones investigadoras, España se sumó al grupo de
organismos internacionales y gobiernos que se dotaron de unidades y mecanismos de
asesoramiento científico creando la Oficina, con el fin de fomentar el uso de la evidencia
empírica y el conocimiento científico en el proceso de toma de decisiones.
De este modo, la Oficina Nacional de Asesoramiento Científico, según el artículo 10
del Real Decreto 890/2023, de 27 de noviembre, se encarga de establecer mecanismos
institucionales para el asesoramiento científico, identificar y potenciar casos de buenas
prácticas dentro y fuera del sector público y ayudar a crear puentes entre el Gobierno y
el talento científico que existe en centros de investigación y universidades.
Para cumplir eficazmente con el objetivo de reforzar el papel de conocimiento científico
en la toma de decisiones en la Administración General del Estado, la Oficina Nacional de
Asesoramiento Científico está impulsando una serie de mecanismos institucionales para
promover la toma de decisiones informadas a través del conocimiento científico por parte
de los responsables públicos. Uno de estos mecanismos es la creación de una red de
asesores científicos ministeriales, integrados en la estructura de cada ministerio, de forma
que puedan estar inmersos en los procesos estratégicos y que, a su vez, trabajarán en
red, en torno a la coordinación de la propia Oficina.
Con ello, España se suma a países como Reino Unido, Estados Unidos, Canadá,
Japón, Estonia y Nueva Zelanda, que ya cuentan con figuras similares en las estructuras
organizativas de las Administraciones de dichos países.
Dado el alcance de este asesoramiento, resulta necesario que el mismo se inserte en
los Gabinetes de las personas titulares de los Ministerios, de forma que estén ubicados en
el entorno más próximo a la toma de decisiones de los Ministros, en línea con lo dispuesto
en el artículo 10 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, que establece que
los Gabinetes prestan su apoyo a los miembros del Gobierno y Secretarios de Estado en el
desarrollo de su labor política, en el cumplimiento de las tareas de carácter parlamentario y
en sus relaciones con las instituciones y la organización administrativa.
El Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales, regula en su artículo 23 la
composición de los gabinetes. El carácter específico de esta nueva figura de
asesoramiento especializado hace precisa la modificación de este precepto para incluir
un nuevo apartado que refleje la existencia de puestos de asesoramiento científico.
Asimismo, a través de disposición adicional se contempla la posibilidad de que las
Unidades de Coordinación de Evaluación de políticas públicas cuenten con puestos de
trabajo reservados a personal con competencias o experiencia en ámbitos científicos o de
investigación, como puede ser el personal funcionario de carrera perteneciente a las
Escalas científicas y técnicas de los organismos públicos de investigación. El objetivo es
favorecer el despliegue de estas unidades mediante la generación de nuevas dinámicas
cve: BOE-A-2024-15702
Verificable en https://www.boe.es
15702
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