Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 13-08-2024
III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energías renovables. (BOE-A-2024-16825)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se amplían los plazos aprobados para la tecnología biomasa en la Resolución de 18 de julio de 2022, por la que se convoca la tercera subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
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Resolución de 15 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se amplían los plazos aprobados para la tecnología biomasa en la Resolución de 18 de julio de 2022, por la que se convoca la tercera subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.Núm. 195
Martes 13 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 105718
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía,
por la que se amplían los plazos aprobados para la tecnología biomasa en la
Resolución de 18 de julio de 2022, por la que se convoca la tercera subasta
para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables al
amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
El Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en
materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, estableció la
obligación de desarrollar reglamentariamente un marco retributivo para la generación de
energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables basado en el reconocimiento
a largo plazo de un precio por la energía.
En cumplimiento de dicho mandato se aprobó el Real Decreto 960/2020, de 3 de
noviembre, por el que se regula el régimen económico de energías renovables para
instalaciones de producción de energía eléctrica, mediante el cual se estableció un
marco retributivo para la generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía
renovables, denominado régimen económico de energías renovables, basado en el
reconocimiento a largo plazo de un precio por la energía.
En desarrollo del artículo 4 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, se aprobó
la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, por la que se regula el primer mecanismo
de subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables y se
establece el calendario indicativo para el periodo 2020-2025.
El artículo 4.2 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, establece que las
subastas desarrolladas al amparo de la citada orden ministerial serán convocadas
mediante resolución de la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía, que se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
De acuerdo con esta normativa, la Resolución de 18 de julio de 2022, de la
Secretaría de Estado de Energía, convocó la tercera subasta para el otorgamiento del
régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden
TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
La citada resolución establece en el resuelvo séptimo la fecha límite de disponibilidad
de la instalación, la fecha de expulsión del régimen económico de energías renovables,
la fecha de inicio del plazo máximo de entrega y el plazo máximo de entrega, así como el
resuelvo octavo recoge el plazo para realizar la solicitud de identificación de la
instalación y el plazo para realizar la solicitud de acreditación de la obtención de la
autorización administrativa de construcción.
De forma paralela, con objeto de favorecer la generación de actividad económica
alternativa al cierre de instalaciones de energía térmica de carbón o termonuclear de
acuerdo con la Estrategia de Transición Justa y su Plan de Acción Urgente, el Real
Decreto-ley 17/2019, de 22 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para
la necesaria adaptación de parámetros retributivos que afectan al sistema eléctrico y por
el que se da respuesta al proceso de cese de actividad de centrales térmicas de
generación, introdujo una disposición adicional vigésima segunda en la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. Esta disposición adicional habilita a la persona
titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para que, previo
acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, regule
procedimientos y establezca requisitos para la concesión de la totalidad o de parte de la
capacidad de acceso de evacuación de los nudos de la red afectados por el cierre de
cve: BOE-A-2024-16825
Verificable en https://www.boe.es
16825
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 13-08-2024
MARTORELL
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Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., de la Resolución del expediente de concesión de un aprovechamiento de aguas superficiales, de referencia C-0348/2023 ((INTEGRA-AYE) León), con destino a riego en el término municipal de Villasabariego (León).