Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 07-09-2024

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Boletín Oficial del Estado
07/09/2024

II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Nombramientos. (BOE-A-2024-18010)

Orden EFD/929/2024, de 30 de agosto, por la que, en ejecución de sentencia, se modifican la Orden EFD/1369/2023, de 18 de diciembre, dictada a propuesta de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, y la Orden EFD/673/2024, de 17 de junio, dictada a propuesta de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por las que se nombra personal funcionario de carrera de varios cuerpos docentes como consecuencia de los procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización convocados respectivamente por Resolución de 11 de noviembre de 2022 y Resolución de 14 de noviembre de 2022.

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Orden EFD/929/2024, de 30 de agosto, por la que, en ejecución de sentencia, se modifican la Orden EFD/1369/2023, de 18 de diciembre, dictada a propuesta de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, y la Orden EFD/673/2024, de 17 de junio, dictada a propuesta de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por las que se nombra personal funcionario de carrera de varios cuerpos docentes como consecuencia de los procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización convocados respectivamente por Resolución de 11 de noviembre de 2022 y Resolución de 14 de noviembre de 2022.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217

Sábado 7 de septiembre de 2024

Sec. II.A. Pág. 111716

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
Orden EFD/929/2024, de 30 de agosto, por la que, en ejecución de
sentencia, se modifican la Orden EFD/1369/2023, de 18 de diciembre,
dictada a propuesta de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
de la Comunidad de Madrid, y la Orden EFD/673/2024, de 17 de junio,
dictada a propuesta de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por las que se
nombra personal funcionario de carrera de varios cuerpos docentes como
consecuencia de los procedimientos selectivos extraordinarios de
estabilización convocados respectivamente por Resolución de 11 de
noviembre de 2022 y Resolución de 14 de noviembre de 2022.

La Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Evaluación y
Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de
Educación, sobre el procedimiento aplicable a la convocatoria excepcional de
estabilización de empleo temporal de larga duración a que se refieren las disposiciones
adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes
para la reducción de la temporalidad en el empleo público («Boletín Oficial del Estado»
del 14), se dispone la publicación del citado Acuerdo de cooperación interadministrativa
para la aplicación coordinada de la normativa reguladora del procedimiento aplicable a la
convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración a que
se refieren las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre.
En virtud de ello, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las
Administraciones educativas de Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears,
Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, La Rioja, Madrid, Región
de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad Valenciana, Ciudad Autónoma de
Ceuta y Ciudad Autónoma de Melilla adoptaron el citado acuerdo de la Conferencia de
Educación de 2 de noviembre de 2022.
En la disposición cuarta del citado acuerdo, se recoge que la participación de las
personas que se presenten al concurso de méritos optando a las plazas convocadas por
las Administraciones educativas firmantes, se realizará a través de una única instancia
de participación que será presentada en la Administración educativa que haya ofertado
la plaza que se solicite en primer lugar, que será la encargada de verificar los requisitos
de participación de la persona aspirante y de baremar los méritos alegados. A través de
esa única instancia, los participantes podrán solicitar, ordenándolas por orden de
preferencia y siempre que reúnan los requisitos de participación exigidos en cada
convocatoria, las plazas de la especialidad, turno de ingreso y, en su caso, idioma, a las
que opten de aquellas que hayan sido convocadas por las administraciones educativas
firmantes.
Así mismo, la novena disposición del mencionado acuerdo indica que los recursos
contra las resoluciones definitivas de los concursos de méritos, deberán presentarse
ante la Administración educativa en la que se haya presentado la solicitud de
participación.
De acuerdo con esta normativa, la Dirección General de Personal Docente de la
Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, publica

cve: BOE-A-2024-18010
Verificable en https://www.boe.es

18010

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