Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 07-09-2024
III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-18036)
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Tafalla, para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género.
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Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Tafalla, para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género.Núm. 217
Sábado 7 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 111784
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
18036
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad
y el Ayuntamiento de Tafalla, para la incorporación de los Cuerpos de Policía
Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de
Género.
Habiéndose suscrito el 9 de agosto de 2024 el Convenio entre la Secretaría de
Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Tafalla para la incorporación de los Cuerpos
de Policía Locales al «Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de Violencia de
Género», procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio
que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 2 de septiembre de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Tafalla
para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al «Sistema
de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género»
En Madrid, a 9 de agosto de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruíz, Secretario de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, al amparo
de lo previsto en el artículo 62.2g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la
calle Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don Xabier Alcuaz Andueza, Alcalde del Ayuntamiento de Tafalla (en
adelante, el Ayuntamiento), nombrado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Tafalla
de fecha 17 de junio de 2023, actuando en nombre y representación del mismo en virtud
de las atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente
convenio en plaza Francisco de Navarra n.º 5, de Tafalla.
EXPONEN
Primero.
Que el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
cve: BOE-A-2024-18036
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 07-09-2024
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