Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 09-09-2024
III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-18096)
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula Informe de Determinación de Afección Ambiental del proyecto "Planta Fotovoltaica Helioenergy PV2, de 4,99 MW de potencia instalada, para su hibridación con la planta termosolar existente Helioenergy 2, de 50 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación", en Écija (Sevilla).
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Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula Informe de Determinación de Afección Ambiental del proyecto "Planta Fotovoltaica Helioenergy PV2, de 4,99 MW de potencia instalada, para su hibridación con la planta termosolar existente Helioenergy 2, de 50 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación", en Écija (Sevilla).Núm. 218
Lunes 9 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 112257
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
18096
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula Informe de Determinación de
Afección Ambiental del proyecto «Planta Fotovoltaica Helioenergy PV2, de
4,99 MW de potencia instalada, para su hibridación con la planta termosolar
existente Helioenergy 2, de 50 MW de potencia instalada, y de su
infraestructura de evacuación», en Écija (Sevilla).
Con fecha 25 de enero de 2024, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de
tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto
«Planta Fotovoltaica Helioenergy PV2, de 4,99 MW de potencia instalada, para su
hibridación con la planta termosolar existente Helioenergy 2 de 50 MW de potencia
instalada, y de su infraestructura de evacuación» en el término municipal de Écija, en la
provincia de Sevilla, promovido por Helioenergy Electricidad Dos, SAU, al amparo del
artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias
económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla
de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
Tras el análisis técnico, se verifica que el expediente no está completo y se procede a
requerir su subsanación, el 7 de febrero y 1 de marzo de 2024. Con fecha 22 de febrero
de 2024 y el 18 de marzo de 2024, respectivamente, el promotor remite parte de la
documentación y solicita una ampliación de plazo para incorporar al estudio anual de
avifauna los meses de marzo y abril. Con fecha 9 de mayo de 2024, el promotor presenta el
estudio completo y se constata que el proyecto reúne los requisitos para acogerse a la
tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a
la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
El proyecto consiste en un módulo de generación fotovoltaica, con una potencia
instalada de 4,99 MW y una superficie de afección de 10,32 ha. La planta hibridará con
la planta termosolar existente Helioenergy 2, de 50 MW de potencia instalada, originando
una instalación híbrida de eléctrica de origen renovable de 54,99 MW de potencia
instalada. Esta energía será evacuada por una línea subterránea de media tensión (MT)
de 15 kV de 1,16 km, desde el transformador hasta el Centro de Seccionamiento de la
Planta y de este a la Subestación Elevadora «Helioenergy I» existente adyacente, donde
se realizará el cambio de tensión de 15/220 kV, aprovechando la infraestructura existente
para la conexión con la Subestación Colectora, así como la línea de evacuación que
enlaza con el SET de Villanueva del Rey. Las obras tendrán una duración aproximada
de 6 meses y la vida útil de la planta fotovoltaica se estima en 25 años. La longitud total
del vallado es de 1,288 km.
Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones
sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del artículo 22.3.b) del
Real Decreto-ley, son los siguientes:
1.
Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas
de protección y hábitats de interés comunitario
La ubicación del proyecto no presenta coincidencia territorial con ningún espacio
perteneciente a la Red Natura 2000 ni espacios protegidos y sus zonas periféricas de
cve: BOE-A-2024-18096
Verificable en https://www.boe.es
Antecedentes de hecho
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 09-09-2024
Resolución de 29 de agosto de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Asociación Nacional Empresarial de la Industria Farmacéutica, para la realización del "XXIII Encuentro de la industria farmacéutica española".
Resolución de 3 de septiembre de 2024, del Consorcio Centro Nacional de Experimentación de Tecnologías de Hidrógeno y Pilas de Combustible, por la que se publica el Convenio con la Fundación para la Investigación y Desarrollo en Transporte y Energía-Cidaut, para la ejecución de actividades de investigación relativas al Programa...
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