Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 21-09-2024
III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-18984)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de Puertos del Estado, por la que se publica la segunda Adenda modificativa y de prórroga al Convenio regulador de las aportaciones financieras de la Autoridad Portuaria de Huelva con cargo al Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria, en relación con su contribución a las actuaciones de mejora en la línea Huelva-Sevilla.
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Resolución de 28 de agosto de 2024, de Puertos del Estado, por la que se publica la segunda Adenda modificativa y de prórroga al Convenio regulador de las aportaciones financieras de la Autoridad Portuaria de Huelva con cargo al Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria, en relación con su contribución a las actuaciones de mejora en la línea Huelva-Sevilla.Núm. 229
Sábado 21 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 116229
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
18984
Resolución de 28 de agosto de 2024, de Puertos del Estado, por la que se
publica la segunda Adenda modificativa y de prórroga al Convenio regulador
de las aportaciones financieras de la Autoridad Portuaria de Huelva con cargo
al Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria, en relación con su
contribución a las actuaciones de mejora en la línea Huelva-Sevilla.
Con fecha 19 de agosto de 2024 fue suscrito, previa tramitación correspondiente, la
adenda n.º 2 modificativa y de prórroga al convenio regulador de las aportaciones
financieras de la Autoridad Portuaria de Huelva con cargo al Fondo Financiero de
Accesibilidad Terrestre Portuaria en relación con su contribución a las actuaciones de
mejora en la línea Huelva-Sevilla. Incluyendo su financiación con cargo a los Fondos
MRR asignados a ADIF para el desarrollo de esta actuación. Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
En cumplimiento de lo dispuesto en al apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda modificativa y de prórroga al referido
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 28 de agosto de 2024.–El Presidente de Puertos del Estado, Álvaro
Rodríguez Dapena.
ANEXO
Adenda n.º2 modificativa y de prórroga al convenio regulador de las aportaciones
financieras de la Autoridad Portuaria de Huelva con cargo al Fondo Financiero de
Accesibilidad Terrestre Portuaria en relación con su contribución a las actuaciones
de mejora en la línea Huelva-Sevilla. Incluyendo su financiación con cargo a los
Fondos MRR asignados a ADIF para el desarrollo de esta actuación. Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia,financiado por la Unión Europea-Next
Generation EU
19 de agosto de 2024.
De una parte, don Ángel Contreras Marín, Presidente de la Entidad Pública
Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, en adelante, ADIF, en virtud
de su nombramiento efectuado mediante Real Decreto 1049/2023, de 7 de diciembre,
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 8 de diciembre de 2023. ADIF es una
Entidad Pública Empresarial con CIF Q2801660H, y domicilio a efectos de este convenio
en Madrid, calle Sor Ángela de la Cruz, 3, CP 28020, que actúa conforme a la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de acuerdo con
el Estatuto de la entidad, aprobado por Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre.
De otra parte, don Álvaro Rodríguez Dapena comparece en su nombre y en
representación de Puertos del Estado, en su condición de Presidente, nombramiento
otorgado por Real Decreto 1063/2021, de 30 de noviembre, publicado en el «Boletín
Oficial del Estado» de 1 de diciembre de 2021. Puertos del Estado es un organismo
público, con CIF Q-28670022-B, domiciliado en Madrid, Campo de las Naciones, avenida
del Partenón, 10, CP 28042, con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como
plena capacidad de obrar, regulado por el texto refundido de la Ley de Puertos del
cve: BOE-A-2024-18984
Verificable en https://www.boe.es
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