Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 22-10-2024
I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Organización. (BOE-A-2024-21591)
Corrección de errores del Real Decreto 1057/2024, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Abogacía General del Estado.
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Corrección de errores del Real Decreto 1057/2024, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Abogacía General del Estado.Núm. 255
Martes 22 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 134976
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
21591
Corrección de errores del Real Decreto 1057/2024, de 15 de octubre, por el
que se aprueba el Reglamento de la Abogacía General del Estado.
Advertidos errores en el Real Decreto 1057/2024, de 15 de octubre, por el que se
aprueba el Reglamento de la Abogacía General del Estado, publicado en el «Boletín
Oficial del Estado» número 250, de 16 de octubre de 2024, se procede a efectuar las
oportunas rectificaciones:
cve: BOE-A-2024-21591
Verificable en https://www.boe.es
En la página 132733, disposición final primera, en la penúltima línea, donde dice:
«...aprobado por Real Decreto 1057/2025, de 15 de octubre.», debe decir: «...aprobado
por Real Decreto 1057/2024, de 15 de octubre.»
En la página 132754, sección 12.ª, en el título, donde dice: «Otras disposiciones
sobre Organización de la Abogacía General del Estado», debe decir: «Otras
disposiciones sobre organización de la Abogacía General del Estado».
En la página 132755, artículo 34, en la primera línea, donde dice: «El Abogado o
Abogada General del Estado podrá...», debe decir: «1. El Abogado o Abogada General
del Estado podrá...», y en la cuarta línea, donde dice: «…uno de ellos será designado
como Coordinador Principal.2. Mediante instrucción del Abogado o Abogada General del
Estado...», debe decir: «…uno de ellos será designado como Coordinador Principal.
2. Mediante instrucción del Abogado o Abogada General del Estado...».
En la página 132773, artículo 77, letra c), en la última línea, donde dice: «…dispuesto
en la regla 1.ª», debe decir: «…dispuesto en la regla a).».
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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