Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 06-11-2024
Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública.I. Disposiciones generales. Administración Digital de la Administración del Estado. (BOE-A-2024-22935)
Real Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre, por el que se regulan la organización y los instrumentos operativos para la Administración Digital de la Administración del Estado.
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Real Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre, por el que se regulan la organización y los instrumentos operativos para la Administración Digital de la Administración del Estado.Núm. 268
Miércoles 6 de noviembre de 2024
Sec. I. Pág. 141285
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
22935
Real Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre, por el que se regulan la
organización y los instrumentos operativos para la Administración Digital de la
Administración del Estado.
El Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos
operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la
Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, aprobado en el contexto
de la entonces vigente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los
ciudadanos a los Servicios Públicos, plasmó normativamente un modelo que en el plano
teórico partía de tres objetivos básicos. En primer lugar, disponer de una planificación
estratégica común en materia TIC para toda la Administración General del Estado y sus
organismos públicos; en segundo lugar, incrementar la productividad de los empleados
públicos y mejorar la calidad de los servicios públicos por medio de las TIC y, por último,
lograr una mayor eficiencia en la provisión de los recursos TIC a través del uso de
infraestructuras comunes y servicios compartidos.
El primer año del nuevo modelo de Gobernanza TIC coincidió en el tiempo con la
aprobación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, que han supuesto un impulso en la adopción de procesos y
medios digitales en la Administración pública, siendo una de las grandes reformas
realizadas en los últimos años.
Si bien lograr una mayor eficiencia en la provisión de los recursos TIC a través del
uso de infraestructuras comunes y servicios compartidos impulsada por la Secretaría
General de Administración Digital es un objetivo que se ha ido logrando paulatinamente
desde la primera (y única hasta la fecha) declaración de servicios compartidos aprobada
en septiembre de 2015, la práctica ha demostrado que el modelo teórico propuesto para
el funcionamiento y ejercicio de competencias de los órganos colegiados
interministeriales de gobernanza TIC ha respondido de forma desigual a las expectativas
generadas.
El Gobierno de España ha desarrollado la Agenda España Digital 2025 para impulsar
la transformación digital de nuestro país como una de las palancas fundamentales para
relanzar el crecimiento económico, la reducción de la desigualdad, el aumento de la
productividad, y el aprovechamiento de todas las oportunidades que brindan estas
nuevas tecnologías.
Por su parte, el componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia determina que la digitalización de la Administración Pública española
requiere una reforma para su modernización y digitalización articulada en un conjunto de
actuaciones, entre las que menciona la reforma del modelo de Gobernanza TIC y de la
cooperación interadministrativa, con los cambios normativos y de organización
necesarios.
Finalmente, el Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025,
indica expresamente que para su despliegue requiere una serie de desarrollos
normativos entre los que menciona en su apartado 9.1 la reforma del modelo de
gobernanza y en su apartado 9.4 la reforma para la transformación de la Secretaría
General de Administración Digital. Ambos desarrollos están íntimamente relacionados,
pues la nueva Agencia Estatal de Administración Digital (en adelante, la Agencia), que
cve: BOE-A-2024-22935
Verificable en https://www.boe.es
I
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