Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 09-11-2024
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.III. Otras disposiciones. Formación profesional. (BOE-A-2024-23302)
Orden EFD/1237/2024, de 25 de octubre, por la que se autoriza la implantación de determinadas ofertas formativas del Sistema de Formación Profesional en el Instituto Español Juan de la Cierva, de Tetuán.
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Orden EFD/1237/2024, de 25 de octubre, por la que se autoriza la implantación de determinadas ofertas formativas del Sistema de Formación Profesional en el Instituto Español Juan de la Cierva, de Tetuán.Núm. 271
Sábado 9 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 143093
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
Orden EFD/1237/2024, de 25 de octubre, por la que se autoriza la
implantación de determinadas ofertas formativas del Sistema de Formación
Profesional en el Instituto Español Juan de la Cierva, de Tetuán.
La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la
Formación Profesional establece que, entre los principios conforme a los que se
desarrolla el Sistema de Formación Profesional, están la convergencia con los sistemas
de formación profesional de la Unión Europea y terceros países, favoreciendo la
internacionalización y la movilidad transnacional, así como la planificación y ajuste de la
oferta formativa conforme a la prospección de las necesidades del sistema a corto,
medio y largo plazo, y la suficiencia y adaptación de la oferta pública a las necesidades y
demandas de los sectores productivos. Asimismo, en su artículo 68.3, establece que la
impartición de la formación en cualquiera de las modalidades presencial, semipresencial,
virtual o mixta estará sujeta a autorización administrativa previa por parte de la
administración competente, que deberá garantizar su seguimiento, control y supervisión.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 107.4
que corresponde al Gobierno la regulación y la gestión de los centros docentes públicos
españoles en el exterior. El Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula
la acción educativa en el exterior, indica en su artículo 2 que la acción educativa
española en el exterior incluirá la promoción y organización de enseñanzas regladas
correspondientes a niveles no universitarios del sistema educativo español, y que las
modalidades de acción educativa a las que se refiere este apartado irán dirigidas
indistintamente a alumnado de nacionalidad española o extranjera. Igualmente establece
en su artículo 7 que la acción educativa española en el exterior se podrá desarrollar,
entre otros, en los centros docentes de titularidad del Estado español, como es el caso
del Instituto Español Juan de la Cierva, de Tetuán (Reino de Marruecos).
El Real Decreto 274/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
establece que a la Secretaría General de Formación Profesional le corresponde la
dirección de las competencias atribuidas al Departamento respecto del Sistema de
Formación Profesional, tanto el integrado en el sistema educativo, como la formación
profesional de la población activa, desempleados y ocupados, y que le corresponde la
función de autorización, control, seguimiento y evaluación de los centros autorizados
para impartir ofertas formativas del Sistema de Formación Profesional español en el
extranjero. Teniendo en cuenta la demanda de acceso a la formación y las nuevas
perspectivas profesionales de la población de estudiantes y trabajadores asentada en el
norte del Marruecos, de origen español o interesados en el Sistema de Formación
Profesional español, la Secretaría General de Formación Profesional viene realizando la
propuesta para implementar la oferta de formación profesional en el Instituto Español
Juan de la Cierva, de Tetuán, que permita a dicha población desarrollar capacidades
para el desempeño cualificado de las diversas profesiones y participar de manera activa
en la vida social, cultural y económica a través de la formación, y la combinación de la
misma con la actividad laboral u otras responsabilidades.
El Grado C constituye la oferta, parcial y acumulable de Formación Profesional, de
varios módulos profesionales del Catálogo Modular de Formación Profesional por razón
de su significación en el mercado laboral y conduce a la obtención de un Certificado
Profesional. Por otra parte, el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, establece que las
cve: BOE-A-2024-23302
Verificable en https://www.boe.es
23302
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 09-11-2024
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