Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 27-12-2024
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . I. Disposiciones generales. Seguridad Social. (BOE-A-2024-27145)
Orden PJC/1473/2024, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024.
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Orden PJC/1473/2024, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024.Núm. 312
Viernes 27 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 180918
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
Orden PJC/1473/2024, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Orden
PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales
de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de
actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio
2024.
La situación de prórroga presupuestaria automática desde el 1 de enero de 2024
deriva de la aplicación del artículo 134.4 de la Constitución Española y del artículo 38 de
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria; de esta forma, de acuerdo
con el artículo 19.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, resulta de aplicación
el artículo 122 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2023, que estableció las bases y tipos de cotización a la Seguridad
Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y
formación profesional para el ejercicio 2023, y que se prorrogan durante el año 2024.
En este contexto de prórroga presupuestaria, se hace extensible durante el año 2024
la facultad conjunta que se recogía en el apartado diecisiete del citado artículo 122, a las
personas titulares del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y del
Ministerio de Trabajo y Economía Social, para dictar las normas necesarias para la
aplicación y desarrollo de lo previsto en el citado artículo.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 84.1 del texto refundido de la Ley General
de la Seguridad Social, así como en el artículo 71.2 del Reglamento sobre colaboración
de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad
Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, la financiación de la
prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes que
deban abonar las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social se efectuará mediante
la entrega a estas, a través de la Tesorería General de la Seguridad Social, de la fracción
de cuota que determine el Ministerio Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Dicha fracción de cuota se calcula conforme a la estimación de gasto en
prestaciones de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, estando
fijada en el artículo 24 de la Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se
desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo,
protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional
para el ejercicio 2024, en un 0,06 con carácter general y en un 0,07 para aquellas
mutuas que presenten insuficiencia financiera con carácter estructural con la fracción
anterior. Así mismo, en los supuestos en que la suma de los resultados a distribuir para
la aplicación o dotación de reservas de contingencias comunes y profesionales resulte
negativa tras el reconocimiento de la fracción de cuota que corresponda, esta se
aumentará en tanto que la citada suma de resultados sea negativa, con el tope máximo
que corresponda al coeficiente del 0,075.
A la vista del importante incremento que ha sufrido el gasto en prestaciones
económicas de incapacidad temporal derivadas de contingencias comunes, tanto en
trabajadores por cuenta ajena como por cuenta propia, se hace necesario un incremento
de la fracción de cuota que reciben las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social en
aras a mantener la adecuada suficiencia económica. Para ello, se adoptan dos medidas
concretas consistentes, por un lado, en el incremento de la fracción de cuota hasta el
tope máximo del 0,081 en los supuestos en que la suma de los resultados a distribuir
cve: BOE-A-2024-27145
Verificable en https://www.boe.es
27145
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 27-12-2024
Orden PJC/1474/2024, de 26 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de diciembre de 2024, por el que se prorrogan las medidas contenidas en el artículo 10 del Real Decreto-ley 38/2020, de 29 de diciembre, por el que se adoptan medidas de...
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Sociedad de Promoción Exterior Principado de Asturias, SA, Asturex, para la organización de extensiones de misiones inversas de compradores y prescriptores de opinión del sector alimentos y...
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.
Resolución de 24 de diciembre de 2024, del Banco de España, por la que se publican los cambios del euro correspondientes al día 24 de diciembre de 2024, publicados por el Banco Central Europeo, que tendrán la consideración de cambios oficiales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36...
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Universidad de Santiago de Compostela, por la que se publica el plan de estudios de Máster Universitario Erasmus Mundus en Lexicografía/European Master in Lexicography (EMJM-EMLex).
Anuncio de la Comunidad de Usuarios de Agua de A Portela sobre convocatoria de Asamblea General Ordinaria.