Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 28-12-2024
Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-27383)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Hibridación del parque eólico PE Escarnes Eólico, de 18,3 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación asociada, en las provincias de Teruel y Zaragoza».
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Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Hibridación del parque eólico PE Escarnes Eólico, de 18,3 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación asociada, en las provincias de Teruel y Zaragoza».Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 185468
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
27383
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de
afección ambiental del proyecto «Hibridación del parque eólico PE Escarnes
Eólico, de 18,3 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación
asociada, en las provincias de Teruel y Zaragoza».
Con fecha 27 de junio de 2024, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de
tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto
«Hibridación del parque eólico PE Escarnes Eólico de 18,3 MW de potencia instalada, y
su infraestructura de evacuación asociada, en las provincias de Teruel y Zaragoza», en
los términos municipales de Samper de Calanda, provincia de Teruel, y Escatrón,
provincia de Zaragoza, promovido por Escarnes Solar, SLU, al amparo del artículo 22 del
Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y
sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y
a otras situaciones de vulnerabilidad.
Este proyecto se integra en un clúster denominado «Titán», en los términos municipales
de Escatrón, Chiprana y Caspe, provincia de Zaragoza, y Alcañiz, Samper de Calanda y
Castelnou, provincia de Teruel. El clúster consta de tres fases y está compuesto por un total
de 65 aerogeneradores. En la actualidad, esta unidad tiene constancia de la tramitación de
las dos primeras fases del clúster, en concreto, junto al presente parque eólico P.E. Escarnes
Eólico han sido sometidos a procedimiento de determinación de afección ambiental un total
de 16 parques híbridos correspondientes a las fases I y II.
Tras el análisis realizado, se verifica que el expediente reúne los requisitos para acogerse
a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a
la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
El parque híbrido Escarnes Solar está compuesto por la planta fotovoltaica FV Escarnes
Solar de 37,51 MW, en funcionamiento, localizada en el término municipal de Escatrón,
provincia de Zaragoza, y un nuevo parque eólico PE Escarnes Eólico de 18,3 MW, compuesto
por tres aerogeneradores de 6,1 MW cada uno y con una altura de buje de 120,9 m, localizado
en los términos municipales de Samper de Calanda, en la provincia de Teruel, y Escatrón,
provincia de Zaragoza, obteniendo una potencia hibridada instalada total de 55,81 MW. La
evacuación de la energía generada por el PE Escarnes Eólico se realizará a través de una
línea subterránea de nueva construcción, de 30 kV y 14,328 km de longitud, que conectará
el parque eólico con la Subestación Sur 30/132/400 kV, actualmente en servicio.
Desde la «SET Sur 30/132/400 kV» se conectará con la «SET Aragón» perteneciente
a REE mediante una LAAT de 400 kV en servicio y de 2,3 km.
Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones
sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del artículo 22.3.b) del
Real Decreto-ley, son los siguientes:
1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas
de protección y hábitats de interés comunitario.
Las instalaciones en proyecto no afectan de manera directa a ninguno de los
espacios protegidos o de interés, incluidos en Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio,
cve: BOE-A-2024-27383
Verificable en https://www.boe.es
Antecedentes de hecho
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 28-12-2024
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 30 de septiembre de 2024.
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Universidad de Alcalá, por la que se nombra Catedrática de Universidad a doña Elena Alcalde Peñalver.
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