Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 30-12-2024
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. . I. Disposiciones generales. Comunidad Autónoma del País Vasco. Traspaso de funciones y servicios. (BOE-A-2024-27397)
Real Decreto 1310/2024, de 23 de diciembre, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de ordenación y gestión del litoral.
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Real Decreto 1310/2024, de 23 de diciembre, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de ordenación y gestión del litoral.Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 185586
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
27397
Real Decreto 1310/2024, de 23 de diciembre, de traspaso de funciones y
servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del País
Vasco en materia de ordenación y gestión del litoral.
La Constitución en su artículo 132.2 establece que son bienes de dominio público
estatal los que determine la ley y, en todo caso, la zona marítimo-terrestre, las playas, el
mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y de la plataforma
continental. Asimismo, el artículo 149.1.23.ª establece que el Estado tiene competencia
exclusiva en materia de legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin
perjuicio de las facultades de las Comunidades Autónomas de establecer normas
adicionales de protección.
Por su parte, el Estatuto de Autonomía para el País Vasco, aprobado por la Ley
Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, establece en su artículo 10.31 que la Comunidad
Autónoma del País Vasco tiene competencia exclusiva en materia de ordenación del
territorio y del litoral, urbanismo y vivienda.
Finalmente, la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para el País
Vasco y el Real Decreto 2339/1980, de 26 de septiembre, establecen la forma y el
procedimiento a que han de ajustarse los traspasos de servicios de la Administración del
Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco.
La Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de
Autonomía para el País Vasco adoptó, en su reunión del día 16 de diciembre de 2024, el
Acuerdo de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la
Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de ordenación y gestión del litoral, que
se eleva al Gobierno para su aprobación mediante real decreto.
En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria segunda
del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, a propuesta del Ministro de Política
Territorial y Memoria Democrática y previa deliberación del Consejo de Ministros en su
reunión del día 23 de diciembre de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1. Aprobación del Acuerdo de la Comisión Mixta.
Artículo 2. Traspaso de funciones y servicios.
En consecuencia, quedan traspasadas a la Comunidad Autónoma del País Vasco las
funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de ordenación y gestión
del litoral, según figura en el Acuerdo de la Comisión Mixta y en los términos y
condiciones que allí se especifican.
cve: BOE-A-2024-27397
Verificable en https://www.boe.es
Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria
segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, de traspaso de funciones y
servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco en
materia de ordenación y gestión del litoral, adoptado por el Pleno de dicha Comisión en
su reunión del día 16 de diciembre de 2024 y que se transcribe como anexo de este real
decreto.
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