Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 31-12-2024
Ministerio de Hacienda. . I. Disposiciones generales. Impuestos. Gestión presupuestaria. (BOE-A-2024-27530)
Orden HAC/1506/2024, de 26 de diciembre, sobre delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas y por la que se modifica la Orden HFP/147/2022, de 2 de marzo, sobre documentación y tramitación de expedientes de modificaciones presupuestarias y de autorizaciones para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros.
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Orden HAC/1506/2024, de 26 de diciembre, sobre delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas y por la que se modifica la Orden HFP/147/2022, de 2 de marzo, sobre documentación y tramitación de expedientes de modificaciones presupuestarias y de autorizaciones para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros.Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 187183
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA
27530
Orden HAC/1506/2024, de 26 de diciembre, sobre delegación de la
inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas y por la que se
modifica la Orden HFP/147/2022, de 2 de marzo, sobre documentación y
tramitación de expedientes de modificaciones presupuestarias y de
autorizaciones para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios
futuros.
El apartado 3 del artículo 91 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas
Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, establece la
posibilidad de delegar la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas, en los
términos que se disponga por el Ministro de Hacienda, en los Ayuntamientos,
Diputaciones Provinciales, Cabildos o Consejos Insulares, Comunidades Autónomas y
otras Entidades Locales Menores reconocidas por las leyes, que lo soliciten.
El artículo 18 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan
normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la
delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto, dispone
que las solicitudes deberán presentarse antes del 1 de octubre del año inmediato
anterior a aquél en el que hayan de surtir efecto, y que la delegación se llevará a efecto
mediante orden del Ministro de Hacienda, en la actualidad Vicepresidenta Primera del
Gobierno y Ministra de Hacienda, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» antes del
inicio del año natural en el que la delegación vaya a hacerse efectiva.
Finalizado el plazo para presentar las solicitudes, procede resolver las peticiones
recibidas.
Adicionalmente, se modifica la Orden HFP/147/2022, de 2 de marzo, sobre
documentación y tramitación de expedientes de modificaciones presupuestarias y de
autorizaciones para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, con el
objeto de que adaptar las previsiones relativas al carácter del informe que la Dirección
General del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia debe emitir con arreglo
al artículo 3.3 sirva a la finalidad de asegurar que las modificaciones presupuestarias y
los expedientes de elevación de límites plurianuales que afecten a los créditos del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia estén alineados con su cumplimiento, en
particular, de sus hitos y objetivos, a lo dispuesto en el Real Decreto 206/2024, de 27 de
febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda,
respecto de las competencias de la Secretaría General de Fondos Europeos.
En su virtud, dispongo:
Se concede la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades
Económicas, con los límites y condiciones establecidos en la Orden del Ministerio de
Economía y Hacienda, de 10 de junio de 1992, por la que se desarrolla la delegación y
colaboración en la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas, y con efectos
de 1 de enero del 2025, a los siguientes Ayuntamientos:
–
–
–
–
Ayuntamiento de Algemesí (Valencia).
Ayuntamiento de Dos Aguas (Valencia).
Ayuntamiento de L´Eliana (Valencia).
Ayuntamiento de Moncofa (Castellón).
cve: BOE-A-2024-27530
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas a
Ayuntamientos.
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