Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 06-01-2025
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. . III. Otras disposiciones. Deuda del Estado. (BOE-A-2025-283)
Resolución de 3 de enero de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de enero de 2025 y se convocan las correspondientes subastas.
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Resolución de 3 de enero de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de enero de 2025 y se convocan las correspondientes subastas.Núm. 5
Lunes 6 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 3426
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
283
Resolución de 3 de enero de 2025, de la Dirección General del Tesoro y
Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos
y Obligaciones del Estado en el mes de enero de 2025 y se convocan las
correspondientes subastas.
1. Disponer en el mes de enero de 2025 las emisiones, denominadas en euros, de
Bonos y Obligaciones del Estado que se indican en el apartado 2 siguiente y convocar
las correspondientes subastas, que se celebrarán de acuerdo con lo previsto en la Orden
ECM/25/2024, de 19 de enero, en la Resolución de 23 de enero de 2024 de la Dirección
General del Tesoro y Política Financiera y en la presente resolución.
2. Características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se emiten.
2.1
Emisión de Bonos del Estado a tres años.
El tipo de interés nominal anual será el 2,40 por 100 y los valores emitidos se
amortizarán por su importe nominal el 31 de mayo de 2028. Los cupones tendrán
vencimiento el 31 de mayo de cada año, siendo el primer cupón a pagar el 31 de mayo
de 2025, y se pagarán por anualidades vencidas, excepto el primer cupón que, de
cve: BOE-A-2025-283
Verificable en https://www.boe.es
La Orden ECM/25/2024, de 19 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda
del Estado durante el año 2024 y enero de 2025, ha autorizado a la Secretaría General
del Tesoro y Financiación Internacional a emitir Deuda del Estado durante el año 2024 y
el mes de enero de 2025 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones,
señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran
los Bonos y Obligaciones del Estado.
En la regulación aprobada se dispone la obligación de elaborar un calendario anual
de subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se
establecen los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga
de los vigentes en 2023. Dicho calendario se publicó por Resolución de 23 de enero
de 2024 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se reguló el
desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado para el
año 2024 y el mes de enero de 2025.
Conforme al calendario anunciado, es necesario fijar las características de los Bonos
y Obligaciones del Estado a poner en oferta el próximo día 9 de enero y convocar las
correspondientes subastas. A tal efecto, al objeto de atender la demanda de los
inversores y siguiendo las recomendaciones de las entidades Creadores de Mercado,
dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras
realizadas con anterioridad, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de
las referencias de Obligaciones del Estado a siete años al 3,10 por 100, vencimiento 30
de julio de 2031, Obligaciones del Estado a quince años indexadas al Índice de Precios
al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 2,05 por 100, vencimiento el 30 de
noviembre de 2039 y Obligaciones del Estado al 2,90 por 100, vencimiento el 31 de
octubre de 2046, con una vida residual en torno a veintiún años y diez meses.
Asimismo, se considera conveniente poner en oferta Bonos del Estado a tres años,
emisión que se formalizará en una nueva referencia, dado el volumen en circulación
alcanzado por la emisión de Bonos a ese plazo que se viene emitiendo. La nueva
referencia que se emite, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997,
tendrá la calificación de Bonos segregables.
En razón de lo expuesto, y en uso de las autorizaciones contenidas en la citada
Orden ECM/25/2024, esta Dirección General ha resuelto:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 06-01-2025
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