Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 05-02-2025
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. . III. Otras disposiciones. Derecho de la Unión Europea. (BOE-A-2025-2120)
Resolución de 23 de enero de 2025, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de enero de 2025, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el 26 de julio de 2024.
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Resolución de 23 de enero de 2025, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de enero de 2025, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el 26 de julio de 2024.Núm. 31
Miércoles 5 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 15915
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
2120
Resolución de 23 de enero de 2025, del Fondo Español de Garantía Agraria,
O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de
enero de 2025, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de
repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la
Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el
26 de julio de 2024.
El Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de enero de 2025, ha aprobado, a
propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, el acuerdo por el que se
aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por
incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de
la Región de Murcia, el 26 de julio de 2024.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto 515/2013, de 5 de
julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se dispone la
publicación del citado acuerdo, que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 23 de enero de 2025.–La Presidenta del Fondo Español de Garantía Agraria
O.A., María José Hernández Mendoza.
ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a
la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el 26 de julio de 2024,
correspondiente a la liquidación de cuentas de los organismos pagadores de los
Estados miembros referentes a los gastos financiados por el Feader y el FEAGA,
con cargo al ejercicio financiero 2023
De conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 8, y en la disposición adicional
segunda, de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, y 7, 14 y 15 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el
que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se aprueba la
terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades al Organismo
Pagador de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, como competente en la
gestión y control de las ayudas, acorde con la letra a) del apartado 1 de la disposición
adicional quinta del citado Real Decreto 515/2013, de 5 de julio. El mismo ha dado lugar
a la liquidación realizada sobre la deuda contraída de ocho mil seiscientos cincuenta y
ocho euros con setenta y cuatro céntimos (8.658,74 euros) con cargo al Fondo Europeo
Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA) y de doscientos setenta y tres mil ochocientos
ochenta y cuatro euros con cincuenta y un céntimos (273.884,51 euros) con cargo al
Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).
Segundo.
La citada deuda, atribuida al Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia, se declarará extinguida cuando ésta proceda al abono del importe de
cve: BOE-A-2025-2120
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
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