Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 21-02-2025
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-3508)
Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Don Benito, por la que se suspende la inscripción de una escritura de declaración de obra nueva, división horizontal y adjudicación sin disolución.
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Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Don Benito, por la que se suspende la inscripción de una escritura de declaración de obra nueva, división horizontal y adjudicación sin disolución.Núm. 45
Viernes 21 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 24285
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
3508
Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Don Benito, por la que se suspende la
inscripción de una escritura de declaración de obra nueva, división horizontal
y adjudicación sin disolución.
En el recurso interpuesto por doña R. M. M. S. y doña S., don J. C. y doña L. B. M.
contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Don Benito, don José
Luis Azuara Muslera, por la que se suspende la inscripción de una escritura de
declaración de obra nueva, división horizontal y adjudicación sin disolución.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 20 de junio de 2024 por el notario de Arroyo de
la Luz, don Andrés María Sánchez Galainena, con el número 1.246 de protocolo, se
declaraba, por los otorgantes, sobre parte de una finca rústica, viña en el término de Don
Benito, con una cabida real de 43 áreas y 11 centiáreas, una obra nueva antigua, se
constituía en propiedad horizontal, resultando dos elementos independientes, y se
adjudicaban a cada uno de los comuneros sin disolución.
Se acompañaba a la misma informe de la Guardería Rural expedida por el
intendente-jefe de Policía Local, coordinador del Servicio Guardería Rural de Don Benito,
con fecha 8 octubre 2024, por el que se hacía constar que, con respecto a la finca rústica
objeto de este asiento y tras su visita «se verifica y comprueba que físicamente está
dividida en dos partes separadas por una valla, existiendo en cada parte una edificación
y una puerta de acceso al camino público», adjuntándose fotografías de ambas parcelas.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Don Benito, fue objeto
de la siguiente nota de calificación:
Calificado este documento, dos copias autorizadas de las cuales se han presentado
en esta Oficina a las 11:16 horas del 01 octubre pasado, que motivó asiento 1528/2024,
acreditado el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 254 de la Ley Hipotecaria y
previo examen y calificación del documento de conformidad con los artículos 18 de la
Ley Hipotecaria y concordantes de su Reglamento Hipotecario, de conformidad con el
cve: BOE-A-2025-3508
Verificable en https://www.boe.es
«Fecha del documento: 20/06/2024.
Notario: don Andrés-María Sánchez Galainena.
Arroyo de la Luz (Cáceres).
Protocolo: 1246.
Número de entrada: 5961/2024.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 21-02-2025
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