Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 06-03-2025

Versión beta
Boletín Oficial del Estado
06/03/2025

Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. . I. Disposiciones generales. Enseñanzas profesionales de música. (BOE-A-2025-4409)

Real Decreto 104/2025, de 18 de febrero, por el que se crea la especialidad de Trikitixa en las enseñanzas profesionales de música y se establecen los aspectos básicos del currículo de esta especialidad.

Buscador de información oficial

¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscar
Hemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificial

Contenido de la primera página

Real Decreto 104/2025, de 18 de febrero, por el que se crea la especialidad de Trikitixa en las enseñanzas profesionales de música y se establecen los aspectos básicos del currículo de esta especialidad.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Jueves 6 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 30376

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
Real Decreto 104/2025, de 18 de febrero, por el que se crea la especialidad
de Trikitixa en las enseñanzas profesionales de música y se establecen los
aspectos básicos del currículo de esta especialidad.

La disposición adicional primera del Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre,
por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de
música reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, prevé que la
relación de especialidades instrumentales o vocales que se establecen en el artículo 4
de dicha norma podrá ser ampliada con otras que, por su raíz tradicional o grado de
interés etnográfico y complejidad de su repertorio, o por su valor histórico en la cultura
musical europea y grado de implantación en el ámbito territorial correspondiente, así
como debido a las nuevas demandas de una sociedad plural, requieran el tratamiento de
especialidad. Asimismo, en el apartado 2 de dicha disposición se detalla que la creación
de nuevas especialidades será adoptada por el Gobierno, bien a instancias de las
comunidades autónomas o bien por iniciativa propia, oídas estas, y que el
establecimiento del currículo de las posibles nuevas especialidades se regirá por lo
establecido en el artículo 6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
La citada ley orgánica dedica el capítulo VI del título I a las enseñanzas artísticas,
que tienen como finalidad proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y
garantizar la cualificación de los futuros profesionales, entre otros, de la música. En su
artículo 46.1, la ley establece que el currículo de las enseñanzas artísticas profesionales
será definido por el procedimiento establecido en el artículo 6. Por otro lado, en el
artículo 6.3 se especifica que, con el fin de asegurar una formación común y garantizar la
validez de los títulos correspondientes, el Gobierno, previa consulta a las Comunidades
Autónomas, fijará, en relación con los objetivos, competencias, contenidos y criterios de
evaluación, los aspectos básicos del currículo, que constituyen las enseñanzas mínimas.
Además, en el artículo 6.4, se indica que las enseñanzas mínimas fijadas por el
Gobierno requerirán el 50 por ciento de los horarios escolares para las comunidades
autónomas que tengan lengua cooficial y el 60 por ciento para aquellas que no la tengan.
A instancias de la administración educativa de la Comunidad Autónoma del País
Vasco, este real decreto amplía la relación de especialidades instrumentales de las
enseñanzas profesionales de música con la inclusión de la especialidad de Trikitixa. La
necesidad de crear esta especialidad queda patente por la presencia de este instrumento
entre los más representativos de la música autóctona del País Vasco. Desde su llegada a
la comunidad autónoma a mediados del siglo XIX, la trikitixa («soinu txikia» o acordeón
diatónico vasco) ha conseguido un gran arraigo en fiestas, romerías, homenajes y
pasacalles, incorporando música popular como valses, mazurcas, tangos o boleros.
Actualmente, su inclusión en las agrupaciones musicales, tanto de corte tradicional como
de estilos de la música actual, y la presencia de solistas del instrumento y grupos de
trikitixa, hace que sea un instrumento muy solicitado en las escuelas de música del País
Vasco en las que se han desarrollado distintas metodologías para su enseñanza. Todo
ello evidencia la necesidad de un reconocimiento normativo que incluya este instrumento
en el marco de la enseñanza reglada. Por tanto, con la creación de la especialidad de
Trikitixa se acomete la generación de un espacio de ámbito docente y de investigación
que permita la conservación y difusión de este instrumento y sus repertorios, así como
consolidar nuevos caminos estéticos para el mismo. Se reconoce de esta manera la
trikitixa como un elemento de identidad de la música vasca y se permite su proyección

cve: BOE-A-2025-4409
Verificable en https://www.boe.es

4409

Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 06-03-2025

Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . III. Otras disposiciones. Sector eléctrico. (BOE-A-2025-4503)

Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba la cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación y del extracoste de la actividad de producción en los territorios no peninsulares para los grupos titularidad del grupo...

Ministerio de Cultura. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4507)

Resolución de 25 de febrero de 2025, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Universidad Internacional de La Rioja, para la realización prácticas formativas en los museos de titularidad estatal adscritos a la Dirección General de Patrimonio Cultural...

Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.

Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.

Iniciar sesión
Crear cuenta (es gratis, rápido y sencillo)

Indica, solo si quieres, en una o dos palabras tu principal interés (p.ej., auxiliar administrativo o ayudas formación...etc.), muy pronto podremos enviarte un correo electrónico cada vez que aparezca ese contenido en los boletines.

Recogemos tus datos para gestionar el alta dentro del Servicio...y poco más. Por supuesto, puedes ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, entre otros, según indica nuestra Política de Privacidad.
* campo obligatorio Prefiero iniciar sesión
Universidades. . III. Otras disposiciones. Planes de estudios. (BOE-A-2025-4514)

Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Universidad Internacional de Cataluña, por la que se publica el plan de estudios de Máster Universitario en Odontopediatría Integral y Hospitalaria.

Universidades. . III. Otras disposiciones. Planes de estudios. (BOE-A-2025-4515)

Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Universidad Internacional de Cataluña, por la que se publica el plan de estudios de Máster Universitario en Ortodoncia y Ortopedia Dentofacial.

Otros Entes.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-8190)

Anuncio de la Comunidad de Regantes Almizrra sobre convocatoria de Junta.

¿No has encontrado lo que buscas?
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscar
Si crees que podemos ser de utilidad, comparte Oficius con tus contactos.