Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 21-03-2025
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. . I. Disposiciones generales. Seguros privados. (BOE-A-2025-5609)
Orden ECM/271/2025, de 27 de febrero, por la que se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos de supervisión, estadísticos y contables de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y los modelos de información cuantitativa a efectos estadísticos y contables de los grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras.
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Orden ECM/271/2025, de 27 de febrero, por la que se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos de supervisión, estadísticos y contables de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y los modelos de información cuantitativa a efectos estadísticos y contables de los grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras.Núm. 69
Viernes 21 de marzo de 2025
Sec. I. Pág. 37806
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
5609
Orden ECM/271/2025, de 27 de febrero, por la que se aprueban los modelos
de información cuantitativa a efectos de supervisión, estadísticos y contables
de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y los modelos de
información cuantitativa a efectos estadísticos y contables de los grupos de
entidades aseguradoras y reaseguradoras.
La obtención de información financiera y estadística relevante es indispensable para
el ejercicio de las competencias administrativas concernientes al control y la supervisión
de la actividad de las entidades, y grupos de entidades, aseguradoras y reaseguradoras.
Es por ello que la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de
las entidades aseguradoras y reaseguradoras, impone en su artículo 114 a las entidades
aseguradoras y reaseguradoras la obligación de suministro de información a la Dirección
General de Seguros y Fondos de Pensiones a la que habilita para determinar la
naturaleza, alcance y formato de la información que se deberá remitir periódicamente, en
situaciones definidas de antemano, mediante requerimientos individuales o en el
transcurso de actuaciones inspectoras.
A este respecto, las siguientes disposiciones han establecido los modelos de
información cuantitativa, a remitir por las entidades aseguradoras (tanto en régimen
general como en régimen especial de solvencia), por las entidades reaseguradoras, y
por sus grupos: la Orden ECC/724/2016, de 9 de mayo, por la que se aprueban los
modelos de información cuantitativa a efectos estadísticos y contables, a remitir por las
entidades aseguradoras y reaseguradoras en régimen general de solvencia; los modelos
de información cuantitativa a efectos de supervisión, estadísticos y contables, a remitir
por las entidades aseguradoras y reaseguradoras en régimen especial de solvencia; los
modelos de información cuantitativa, a efectos de supervisión, estadísticos y contables,
sobre inversiones y decesos, para entidades de régimen general de solvencia, y los
modelos de información cuantitativa, a efectos de supervisión a remitir a la entrada en
vigor del régimen especial de solvencia; la Orden ECC/1591/2016, de 4 de octubre, por
la que se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos estadísticos y
contables a remitir con periodicidad semestral por los grupos de entidades aseguradoras
y reaseguradoras, y la Orden EIC/556/2017, de 14 de junio, por la que se aprueban los
modelos anuales de información cuantitativa a efectos estadísticos y contables, a remitir
por las entidades aseguradoras y reaseguradoras en régimen general de solvencia; los
modelos de información cuantitativa, a efectos de supervisión, estadísticos y contables, a
remitir por las entidades aseguradoras y reaseguradoras en régimen especial de
solvencia; los modelos de información cuantitativa, a efectos de supervisión, estadísticos
y contables, sobre inversiones y decesos a remitir por las entidades aseguradoras y
reaseguradoras en régimen general de solvencia; y los modelos de información
cuantitativa a efectos estadísticos y contables, a remitir por los grupos de entidades
aseguradoras y reaseguradoras.
Para que esa información sea útil como instrumento de supervisión es necesario
actualizar su contenido con el objeto de adaptarlo a las necesidades derivadas de la
evolución del mercado de seguros.
Es preciso subrayar que los modelos contenidos en las órdenes mencionadas han
sido objeto de modificaciones continuas. La propia Orden EIC/556/2017, de 14 de junio,
modificaba modelos contenidos en la Orden ECC/724/2016, de 9 de mayo. La última
modificación importante tuvo lugar con la aprobación de la Orden ETD/642/2021, de 8 de
cve: BOE-A-2025-5609
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I
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