Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 24-03-2025

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Boletín Oficial del Estado
24/03/2025

Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. . III. Otras disposiciones. Vehículos a motor. Seguros. (BOE-A-2025-5907)

Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

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Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71

Lunes 24 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 40232

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
5907

Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Dirección General de Seguros y
Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las
indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y
perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

El texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de
vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre,
establece en su artículo 49.1 que las cuantías indemnizatorias del sistema para la
valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de
circulación fijadas en ella, quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero
de cada año en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la
Ley de Presupuestos Generales del Estado.
El Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas
urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente
a situaciones de vulnerabilidad, establece en su artículo 65 que en tanto se apruebe la
Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2025, las pensiones abonadas
por el sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, así como las
pensiones ordinarias y extraordinarias del Régimen Especial de Clases Pasivas del
Estado, se revalorizarán en 2025 con carácter general el 2,8 por ciento respecto del
importe que tuvieran a 31 de diciembre de 2024, equivalente al valor medio de las tasas
de variación interanual expresadas en tanto por ciento del Índice de Precios al Consumo
de los doce meses previos a diciembre de 2024.
Tomando en consideración la disposición anterior y en aplicación del artículo 49.3 del
texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de
Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre,
esta Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones acuerda hacer públicas en su
Portal de internet http://www.dgsfp.mineco.gob.es/, para facilitar su conocimiento y
aplicación, las cuantías indemnizatorias vigentes una vez actualizadas en el indicado 2,8
por ciento.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada en el plazo de un mes, que podrá presentarse ante la Dirección
General de Seguros y Fondos de Pensiones o ante la Secretaría de Estado de Economía
y Apoyo a la Empresa, siendo este órgano el competente para resolverlo, de
conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2025-5907
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 12 de marzo de 2025.–El Director General de Seguros y Fondos de
Pensiones, José Antonio Fernández de Pinto.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 24-03-2025

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