Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 01-04-2025
Ministerio de Hacienda. . I. Disposiciones generales. Recaudación de tributos. Entidades colaboradoras. (BOE-A-2025-6490)
Corrección de errores de la Orden HAC/241/2025, de 10 de marzo, por la que se modifican la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas a través de las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; y la Orden de 4 de junio de 1998, por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública.
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Corrección de errores de la Orden HAC/241/2025, de 10 de marzo, por la que se modifican la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas a través de las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; y la Orden de 4 de junio de 1998, por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública.Núm. 78
Martes 1 de abril de 2025
Sec. I. Pág. 44400
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA
6490
Corrección de errores de la Orden HAC/241/2025, de 10 de marzo, por la que
se modifican la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se
desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las
entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión
recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; la Orden
EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y
las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas a
través de las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en
la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; y la
Orden de 4 de junio de 1998, por la que se regulan determinados aspectos
de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la
Hacienda Pública.
Advertidos errores en la Orden HAC/241/2025, de 10 de marzo, por la que se
modifican la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente
el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General
de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de
colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria; la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el
procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas
a través de las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión
recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; y la Orden de 4 de junio
de 1998, por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las
tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública, publicada en el «Boletín Oficial
de Estado» núm. 63, de 14 de marzo de 2025, se procede a efectuar las oportunas
rectificaciones:
cve: BOE-A-2025-6490
Verificable en https://www.boe.es
En la página 34392, en el ANEXO X.A), donde dice: «____ Como padre/madre/tutor
legar de menor no bligado a NIF, Con NIF ____», debe decir «____ Como
padre/madre/tutor legal de menor no obligado a NIF, Con NIF ____».
En la página 34392, en el ANEXO X.A), donde dice «TRANFERENCIA:», debe decir
«TRANSFERENCIA:».
En la página 34393, en el ANEXO X.B), donde dice «TRANFERENCIA:», debe decir
«TRANSFERENCIA:».
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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