Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 01-05-2025
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. . III. Otras disposiciones. Auditoría de Cuentas. Normas técnicas. (BOE-A-2025-8725)
Resolución de 24 de abril de 2025, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se somete a información pública la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría, Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad, NIA-ES 260 (Revisada) y Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros, NIA-ES 700 (Revisada).
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Resolución de 24 de abril de 2025, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se somete a información pública la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría, Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad, NIA-ES 260 (Revisada) y Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros, NIA-ES 700 (Revisada).Núm. 105
Jueves 1 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 58958
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
Resolución de 24 de abril de 2025, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de
Cuentas, por la que se somete a información pública la modificación de las
Normas Técnicas de Auditoría, Comunicación con los responsables del
gobierno de la entidad, NIA-ES 260 (Revisada) y Formación de la opinión y
emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros, NIA-ES 700
(Revisada).
Mediante Resolución de 15 de octubre de 2013, del Instituto de Contabilidad y
Auditoría de Cuentas, se publicaron las Normas Técnicas de Auditoría, resultado de la
adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España
(NIA-ES), entre las que se encontraban la NIA-ES 260 Comunicación con los
responsables del gobierno de la entidad y la NIA-ES 700 Formación de la opinión y
emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros.
Posteriormente, por Resolución de 23 de diciembre de 2016, del Instituto de
Contabilidad y Auditoría de Cuentas, se publicó la modificación de determinadas NIA-ES,
entre las que se encontraban la 260 y la 700, que pasaron a identificarse como revisadas
–NIA-ES (Revisadas)–. Esta modificación de las Normas Técnicas de Auditoría tuvo por
objeto trasladar a la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas en
España (en concreto, las NIA-ES) las NIA revisadas por parte del Consejo Emisor de
Normas Internacionales de Auditoría (International Auditing and Assurance Standards
Board-IAASB) e incorporar los nuevos requerimientos exigidos por el Reglamento (UE)
n.º 537/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los
requisitos específicos para la auditoría legal de las entidades de interés público (RUE) y
la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas (LAC).
A continuación, por Resolución de 9 de febrero de 2021, del Instituto de Contabilidad
y Auditoría de Cuentas, se publicó, en lo que aquí interesa, la modificación de la
NIA-ES 700 (Revisada) Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre
los estados financieros, con el objeto de incorporar a la normativa reguladora de la
actividad de auditoría de cuentas en España especialidades en el trabajo de auditoría y
en la información a incluir en el informe de auditoría, motivadas por la obligación de
verificar el cumplimiento por parte de los sujetos obligados de los nuevos requerimientos
derivados del Reglamento Delegado (UE) 2019/815, de la Comisión, de 17 de diciembre
de 2018, por el que se completa la Directiva 2004/109/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a la
especificación de un formato electrónico único de presentación de información en los
informes financieros anuales. De acuerdo con la nueva regulación, los auditores de
cuentas deben incluir en el informe de auditoría información relativa al trabajo de
verificación realizado a este respecto, así como la opinión acerca de si los estados
financieros presentados en formato electrónico único europeo (FEUE) cumplen con lo
exigido por el mencionado Reglamento Delegado.
Luego, mediante Resolución de 11 de abril de 2024, del Instituto de Contabilidad y
Auditoría de Cuentas, se publicó, entre otras, la actualización de estas NIA-ES como
culminación de un proyecto acometido por el ICAC, junto con las corporaciones de
derecho público representativas de auditores de cuentas, de actualización de las NIAES, las Normas de Control de Calidad Interno, resultado de la adaptación de las Normas
Internacionales de Gestión de Calidad 1 y 2 para su aplicación en España (NIGC 1-ES y
NIGC 2-ES) y el Glosario de Términos publicadas por el ICAC hasta la fecha a través de
sus resoluciones.
cve: BOE-A-2025-8725
Verificable en https://www.boe.es
8725
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