Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 10-05-2025
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. . I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2025-9148)
Acuerdo Multilateral M 359, en virtud de la sección 1.5.1 del Anexo A del ADR, relativo al marcado de botellas no «UN», portadoras de UN 1001, acetileno disuelto y UN 3374 acetileno exento de solvente, hecho en Madrid el 24 de abril de 2025.
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Acuerdo Multilateral M 359, en virtud de la sección 1.5.1 del Anexo A del ADR, relativo al marcado de botellas no «UN», portadoras de UN 1001, acetileno disuelto y UN 3374 acetileno exento de solvente, hecho en Madrid el 24 de abril de 2025.Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Sec. I. Pág. 61190
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
9148
Acuerdo Multilateral M 359, en virtud de la sección 1.5.1 del Anexo A del
ADR, relativo al marcado de botellas no «UN», portadoras de UN 1001,
acetileno disuelto y UN 3374 acetileno exento de solvente, hecho en Madrid
el 24 de abril de 2025.
ACUERDO MULTILATERAL M 359
En virtud de la sección 1.5.1 del anexo A del ADR relativo al marcado de botellas no
«UN», portadoras de UN 1001, acetileno disuelto y UN 3374 acetileno exento de
solvente.
1. No obstante lo dispuesto en 1.6.2.19 del ADR, podrán seguir utilizándose las
botellas de acetileno que no sean recipientes a presión de las Naciones Unidas,
construidas antes del 1 de julio de 2023, que no estén marcadas de conformidad
con 6.2.2.7.3 (k) o (l) aplicable a partir del 1 de enero de 2023.
2. El presente acuerdo será válido hasta el 1 de enero de 2027 para el transporte
en los territorios de las Partes contratantes del ADR firmantes de este acuerdo. Si este
acuerdo es revocado con anterioridad a esa fecha por alguno de sus firmantes, seguirá
siendo válido hasta la fecha mencionada sólo para el transporte en los territorios de
aquellas Partes contratantes ADR firmantes de este acuerdo que no lo hayan revocado.
La Autoridad Competente para ADR en el Reino de España, doña Elena María
Atance Herreros, Directora General de Transporte por Carretera y Ferrocarril.
* * *
El presente acuerdo internacional administrativo entró en vigor el 24 de abril de 2025,
fecha de su firma por la autoridad competente para el ADR en España.
cve: BOE-A-2025-9148
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 5 de mayo de 2025.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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