Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 13-05-2025
Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-9372)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Módulo de generación eólica Escuderos I, de 21,6 MW de potencia, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico FV Escuderos I, de 48,29 MW de potencia instalada, en la provincia de Cuenca».
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Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Módulo de generación eólica Escuderos I, de 21,6 MW de potencia, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico FV Escuderos I, de 48,29 MW de potencia instalada, en la provincia de Cuenca».Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 62449
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
9372
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de
afección ambiental del proyecto «Módulo de generación eólica Escuderos I,
de 21,6 MW de potencia, y su infraestructura de evacuación, para su
hibridación con el parque solar fotovoltaico FV Escuderos I, de 48,29 MW de
potencia instalada, en la provincia de Cuenca».
Con fecha 11 de febrero de 2025, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de
tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Módulo
de generación eólica Escuderos I, de 21,6 MW de potencia, y su infraestructura de
evacuación, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico FV Escuderos I,
de 48,29 MW de potencia instalada, en la provincia de Cuenca», en los términos municipales
de Palomares del Campo y Torrejoncillo del Rey, promovido por Elawan Fotovoltaica
Escuderos 1, SL, al amparo del artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a
la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
Tras la subsanación del expediente por el promotor, se verifica que el proyecto reúne
los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decretoley 20/2022.
El proyecto consiste en un parque eólico, denominado Escuderos I Híbrido, de 21,6 MW
de potencia instalada, que hibridará con la planta solar fotovoltaica Escuderos I de 48,29
MW de potencia instalada. El parque está compuesto por 3 aerogeneradores de 7,2 MW
de potencia unitaria, con un diámetro de rotor de 172 m, montados sobre torres tubulares
cónicas de acero de 125 m de altura, con una altura de 211 m en punta de pala. La
infraestructura de evacuación corresponde a una línea eléctrica subterránea a 30 kV
de 11,96 km de longitud, que partirá de los centros de transformación de los
aerogeneradores hasta la subestación existente Torrejoncillo del Rey 132/30 kV. El resto
de la infraestructura de evacuación, desde la citada subestación eléctrica hasta su
conexión a la red de transporte en la subestación eléctrica Villanueva de los
Escuderos 400 kV de REE, se encuentra en funcionamiento. Está prevista la ejecución
de 3.256 m de viales de 6 m de ancho pavimentados con zahorra, de los cuales 2.017 m
serán de nueva construcción y 1.239 m serán adecuaciones de caminos existentes. La
duración de las obras se estima en 6 meses y la vida útil de la instalación en 30 años.
Próximo al parque eólico, se encuentra en tramitación de determinación de afección
ambiental el parque eólico de hibridación Escuderos IV y, más alejados al norte, los
parques eólicos de hibridación Escuderos II, Escuderos III y Escuderos V. Los cuatro
vierten su energía en la subestación Torrejoncillo del Rey 132 kV/30 kV.
Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones
sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del artículo 22. 3. b)
del Real Decreto-ley, son los siguientes:
1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas
de protección y hábitats de interés comunitario.
La ubicación del proyecto no presenta coincidencia territorial con espacios
pertenecientes a la Red Natura 2000. El espacio Red Natura 2000 más cercano es la
cve: BOE-A-2025-9372
Verificable en https://www.boe.es
Antecedentes de hecho
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 13-05-2025
Orden SND/454/2025, de 9 de mayo, por la que se modifican los anexos I, II, III y VI del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.
Orden EFD/456/2025, de 30 de abril, por la que, a propuesta de la Consejería de Educación de la Comunidad de Castilla y León, en ejecución de sentencia, se nombra funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas a don Alejandro Carra Sainz de Aja.
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