Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 12-06-2025
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. . I. Disposiciones generales. Títulos académicos. (BOE-A-2025-11817)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 3 de junio de 2025, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
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Resolución de 4 de junio de 2025, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 3 de junio de 2025, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 76886
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
11817
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Secretaría General de Universidades,
por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 3 de junio de
2025, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de
Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
El Consejo de Ministros, en su reunión de 3 de junio de 2025, ha aprobado el
Acuerdo por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su
inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de
su calidad dispone, en su artículo 27, que los Acuerdos del Consejo de Ministros por los
que se establezca el carácter oficial de los títulos universitarios serán publicados en el
«Boletín Oficial del Estado».
En cumplimiento del citado precepto, esta Secretaría General de Universidades ha
resuelto disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado acuerdo,
como anexo a la presente resolución.
Madrid, 4 de junio de 2025.–El Secretario General de Universidades, Francisco
García Pascual.
ANEXO
El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de
su calidad, en su artículo 5.3, determina que los planes de estudios de las enseñanzas
universitarias oficiales serán elaborados por las universidades, de acuerdo con la
normativa vigente y aprobados por sus órganos de gobierno, y formarán parte de la
memoria que las universidades presenten para su verificación.
Dichos planes de estudios habrán de ser verificados por el Consejo de Universidades
y autorizados en su implantación por las correspondientes Comunidades Autónomas, de
conformidad con lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario.
Por otra parte, de acuerdo con las previsiones contenidas en la disposición adicional
cuarta del referido real decreto, de conformidad con lo establecido en la disposición
adicional cuarta de la citada ley orgánica, el reconocimiento a efectos civiles de los
estudios universitarios de ciencias no eclesiásticas, realizados en las universidades de la
Iglesia Católica establecidas en España con anterioridad al Acuerdo de 3 de enero
de 1979 sobre enseñanza y asuntos culturales, suscrito entre el Estado Español y la
Santa Sede en virtud de lo establecido en el Convenio entre la Santa Sede y el Estado
Español de 5 de abril de 1962, mantienen sus procedimientos especiales en tanto en
cuanto no opten por transformarse en universidades privadas. No obstante, a los efectos
de hacer efectivos dichos procedimientos, los planes de estudios también habrán de ser
verificados con arreglo a las condiciones establecidas en el real decreto.
En virtud de lo anterior, determinadas universidades han elaborado los planes de
estudios de enseñanzas que conducirán a la obtención de diversos títulos de Máster.
Estos planes de estudios han obtenido resolución de verificación positiva del Consejo de
Universidades y, salvo en los casos de los correspondientes a las universidades de la
cve: BOE-A-2025-11817
Verificable en https://www.boe.es
Acuerdo por el que se establece el carácter oficial de determinados Títulos
de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos
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