Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 18-06-2025
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. . I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2025-12309)
Acuerdo Multilateral M 364, en virtud del apartado 1.5.1 del Anexo A del ADR, en relación con los documentos que deben llevarse en la unidad de transporte de conformidad con 8.1.2.2.
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Acuerdo Multilateral M 364, en virtud del apartado 1.5.1 del Anexo A del ADR, en relación con los documentos que deben llevarse en la unidad de transporte de conformidad con 8.1.2.2.Núm. 146
Miércoles 18 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 80856
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
12309
Acuerdo Multilateral M 364, en virtud del apartado 1.5.1 del Anexo A del ADR,
en relación con los documentos que deben llevarse en la unidad de
transporte de conformidad con 8.1.2.2.
Acuerdo Multilateral M 364
En virtud del apartado 1.5.1 del Anexo A del ADR, en relación con los documentos
que deben llevarse en la unidad de transporte de conformidad con 8.1.2.2.
1. No obstante, lo dispuesto en 8.1.2.2 sobre los documentos que deben llevarse
bordo de la unidad de transporte, en la cabina de conducción, no será necesario que el
certificado de aprobación de un remolque se encuentre en la cabina del conductor,
siempre que se mantenga accesible en un lugar seguro del remolque, protegido de la
intemperie.
2. El presente Acuerdo será válido hasta el 31 de diciembre de 2026 para el
transporte en los territorios de las Partes contratantes ADR signatarias del presente
Acuerdo. Si es revocado antes de esa fecha por una de las partes signatarias, seguirá
siendo válido hasta la fecha mencionada únicamente para el transporte en los territorios
de las Partes contratantes ADR signatarias del presente Acuerdo que no lo hayan
revocado.
La Autoridad Competente para ADR en el Reino de España, doña Elena María
Atance Herreros, Directora General de Transporte por Carretera y Ferrocarril.
****
El presente Acuerdo internacional administrativo entró en vigor el 9 de junio de 2025,
fecha de su firma por la autoridad competente para el ADR en España.
cve: BOE-A-2025-12309
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 12 de junio de 2025.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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