Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 26-06-2025
Ministerio Del Interior. . I. Disposiciones generales. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Retribuciones. (BOE-A-2025-12963)
Orden INT/661/2025, de 23 de junio, por la que se modifica la Orden INT/1390/2007, de 11 de mayo, por la que se determina la indemnización a percibir por el personal que participe o coopere en asistencia técnica policial, operaciones de mantenimiento de la paz y seguridad, humanitarias o de evacuación de personas en el extranjero.
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Orden INT/661/2025, de 23 de junio, por la que se modifica la Orden INT/1390/2007, de 11 de mayo, por la que se determina la indemnización a percibir por el personal que participe o coopere en asistencia técnica policial, operaciones de mantenimiento de la paz y seguridad, humanitarias o de evacuación de personas en el extranjero.Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 84328
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DEL INTERIOR
Orden INT/661/2025, de 23 de junio, por la que se modifica la Orden
INT/1390/2007, de 11 de mayo, por la que se determina la indemnización a
percibir por el personal que participe o coopere en asistencia técnica policial,
operaciones de mantenimiento de la paz y seguridad, humanitarias o de
evacuación de personas en el extranjero.
La disposición adicional cuarta del Real Decreto 950/2005, de 29 de julio, de
retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado regula las retribuciones
del personal que participe o coopere en asistencia técnica policial, operaciones de
mantenimiento de la paz y seguridad, humanitarias o de evacuación de personas en el
extranjero, entre las que se encuentra una indemnización que retribuirá las especiales
condiciones en que desarrolla su actividad durante su permanencia en territorio
extranjero.
A su tenor, se procedió a dictar la Orden INT/1390/2007, de 11 de mayo, por la que
se determina la indemnización a percibir por el personal que participe o coopere en
asistencia técnica policial, operaciones de mantenimiento de la paz y seguridad,
humanitarias o de evacuación de personas en el extranjero, modificada por la Órdenes
INT/537/2009, de 2 de marzo, INT/995/2012, de 27 de abril, INT/577/2015, de 24 de
marzo, INT/203/2016, de 17 de febrero, INT/110/2017, de 7 de febrero, INT/913/2018,
de 31 de julio, INT/300/2019, de 11 de marzo y Orden INT/62/2023, de 25 de enero.
Las circunstancias actuales vinculadas a la situación en materia de seguridad y
orden público en Haití han motivado el respaldo de Naciones Unidas a la creación de
una fuerza de seguridad multinacional en dicho país, en respuesta a una petición de
ayuda para restablecer el orden, hecha por el primer ministro de la Nación. La Misión
Multinacional de Apoyo a la Seguridad-MSS en Haití fue autorizada en virtud del capítulo
VII de la Carta de las Naciones Unidas: Dicha misión, en estricto cumplimiento del
derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario, apoyará los
esfuerzos de la Policía Nacional de Haití para restablecer la seguridad en Haití y crear
condiciones de seguridad propicias para la celebración de elecciones libres y justas.
Para ello, se hace necesario modificar la Orden INT/1390/2007, de 11 de mayo y
actualizar las retribuciones del personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado desplegadas en las áreas en que tendrá lugar la preparación del personal de la
misión, y se conducirá la misma en Estados Unidos, Jamaica y El Salvador.
Por otro lado, la Unión Europea, dentro de su Política Común de Seguridad y
Defensa instauró la EUPM (EU Partnership Mission) en Moldavia el 31 de mayo de 2023,
así como estableció la Iniciativa de Seguridad y Defensa de la Unión Europea en apoyo
de los países de África Occidental del Golfo de Guinea (IDE de la UE en el Golfo de
Guinea) en diciembre de 2023, lo que conlleva la participación o cooperación de
personal en labores de asistencia técnica policial, operaciones de mantenimiento de la
paz y seguridad, humanitarias o de evacuación de personas en el extranjero, para
Moldavia, Ghana, Togo y Benín.
España considera como una de sus prioridades estratégicas aumentar la
cooperación internacional en el ámbito policial con sus socios africanos, especialmente
con África Occidental y el Norte de África. Mención especial merece la relación que se
debe tener con Marruecos, país con el que el Ministerio del Interior mantiene una
estrecha cooperación a través de las denominadas patrullas mixtas como asistencia
técnica policial y elemento disuasorio en la lucha contra la inmigración irregular.
Asimismo, en aras de contribuir con la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y
Costas (FRONTEX) en la gestión de las fronteras exteriores de la Unión Europea y en la
cve: BOE-A-2025-12963
Verificable en https://www.boe.es
12963
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