Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 02-07-2025
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-13505)
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador mercantil y de bienes muebles de Badajoz a practicar el asiento de presentación de una solicitud.
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Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador mercantil y de bienes muebles de Badajoz a practicar el asiento de presentación de una solicitud.Núm. 158
Miércoles 2 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 87195
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
13505
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador mercantil y de bienes muebles de Badajoz a practicar el asiento
de presentación de una solicitud.
En el recurso interpuesto por doña M. C. G. S., en nombre y representación de la
mercantil «J. Navia Rodríguez, S.A.», contra la negativa del registrador Mercantil y de
Bienes Muebles de Badajoz, don Juan Enrique Pérez Martín, a practicar el asiento de
presentación de una solicitud.
Hechos
I
Tuvo entrada, con fecha 20 de mayo de 2025, en el Registro Mercantil de Badajoz,
una denuncia por incumplimiento de la obligación de depósito de cuentas anuales
presentada por doña M. C. G. S. en nombre y representación de la mercantil «J. Navia
Rodríguez, S.A.», frente a la sociedad «Horno Nevero, S.L.», por la que solicitaba «se
tome en consideración la presente denuncia y se realicen las actuaciones oportunas a fin
de instar a la sociedad referida al cumplimiento de su obligación legal de depósito de
cuentas anuales, incluyendo, en su caso, la apertura del procedimiento sancionador
correspondiente».
II
Presentada dicha instancia en el Registro Mercantil de Badajoz, fue objeto de la
siguiente nota de calificación:
«Se pone en conocimiento que el documento adjunto no ha sido presentado por las
siguientes causas:
El presente documento no contiene actos susceptibles de inscripción en el Registro
Mercantil. (Artículos 2, 50 y 94 del vigente Reglamento del Registro Mercantil).
En relación con la presente denegación del asiento de presentación: (…)
Badajoz, a la fecha de la firma electrónica.
Este documento ha sido firmado con firma electrónica reconocida por Juan Enrique
Pérez y Martín, registrador Mercantil de Badajoz, el día veinte mayo de dos mil
veinticinco».
Contra dicha calificación negativa, doña M. C. G. S., en nombre y representación de
la mercantil «J. Navia Rodríguez, S.A.», interpuso recurso alegando lo siguiente:
«Alegaciones
Presentado ante el Registro Mercantil de Badajoz, denuncia por incumplimiento de
depósito de cuentas anuales de la sociedad Horno Nevero, S.L., se resuelve por el Sr.
Registrador manifestando que el documento no contiene actos susceptibles de
inscripción.
cve: BOE-A-2025-13505
Verificable en https://www.boe.es
III
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