Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 09-07-2025
Ministerio Del Interior. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14193)
Resolución de 4 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Ayuntamiento de Librilla, para el cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad.
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Resolución de 4 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Ayuntamiento de Librilla, para el cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad.Núm. 164
Miércoles 9 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 91834
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
14193
Resolución de 4 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias y el Ayuntamiento de Librilla, para el cumplimiento de las
penas de trabajos en beneficio de la comunidad.
Habiéndose suscrito el 1 de julio de 2025 el Convenio entre el Ministerio del Interior,
a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, y el Ayuntamiento
de Librilla para el cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura
como anexo a esta resolución.
Madrid, 4 de julio de 2025.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General
de Instituciones Penitenciarias y el Ayuntamiento de Librilla para el cumplimiento
de penas de trabajo en beneficio de la comunidad
Madrid, a 1 de julio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, don Ángel Luis Ortiz González, Secretario General de Instituciones
Penitenciarias del Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 504/2018, de 18 de
junio, actuando por delegación de competencias del Ministro del Interior, según lo
previsto en el apartado noveno, subapartado 2.6 de la Orden INT/985/2005, de 7 de
abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones
efectuadas por otras autoridades, en relación con el artículo 61.k) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del
presente convenio en la calle Alcalá, 38-40, 28014 de Madrid.
Y, de otra parte, doña María del Mar Hernández Porras, Alcaldesa del Ayuntamiento
de Librilla (en adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo del Pleno de
fecha 26 de febrero de 2025, actuando en nombre y representación del mismo en virtud
de las atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente
convenio en Plaza Juan Carlos I, 1 30892 de Librilla (Murcia).
EXPONEN
Primero.
Que la Constitución Española establece en sus artículos 10 y 14 el derecho a la
dignidad de la persona, los derechos fundamentales de conformidad con la Declaración
Universal de Derechos Humanos y la igualdad ante la ley, sin que pueda prevalecer
cve: BOE-A-2025-14193
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 09-07-2025
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