Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 22-07-2025
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15220)
Resolución de 15 de julio de 2025, del Instituto de Crédito Oficial, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Fundación ICO, relativo a la participación en actividades de interés general para favorecer la promoción del arte y la arquitectura sostenible en la conservación y difusión de colecciones de obras de arte y la actividad expositiva del Museo ICO, y la promoción de la economía y las finanzas sostenibles.
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Resolución de 15 de julio de 2025, del Instituto de Crédito Oficial, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Fundación ICO, relativo a la participación en actividades de interés general para favorecer la promoción del arte y la arquitectura sostenible en la conservación y difusión de colecciones de obras de arte y la actividad expositiva del Museo ICO, y la promoción de la economía y las finanzas sostenibles.Núm. 175
Martes 22 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 98058
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
15220
Resolución de 15 de julio de 2025, del Instituto de Crédito Oficial, por la que
se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la
Fundación ICO, relativo a la participación en actividades de interés general
para favorecer la promoción del arte y la arquitectura sostenible en la
conservación y difusión de colecciones de obras de arte y la actividad
expositiva del Museo ICO, y la promoción de la economía y las finanzas
sostenibles.
Con fecha 11 de julio de 2025, el Instituto de Crédito Oficial, Entidad Pública Empresarial,
y la Fundación ICO, F.S.P., han suscrito la adenda de prórroga y modificación del
convenio para difundir la participación del ICO en actividades de interés general para
ambas partes, encaminadas a favorecer la promoción del Arte y la Arquitectura
Sostenible con la actividad de conservación y difusión de las colecciones de obras de
arte propiedad del Instituto y la actividad expositiva del Museo ICO, y la promoción de la
Economía y las Finanzas sostenibles, en línea con las prioridades estratégicas del ICO.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 15 de julio de 2025.–El Presidente del Instituto de Crédito Oficial, E.P.E.,
Manuel Illueca Muñoz.
ANEXO
Adenda de prórroga y modificación del Convenio entre el Instituto de Crédito
Oficial, E.P.E., y la Fundación ICO, para difundir la participación del ICO
en actividades de interés general para ambas partes, encaminadas a favorecer
la promoción del arte y la arquitectura sostenible con la actividad de conservación
y difusión de las colecciones de obras de arte propiedad del Instituto y la actividad
expositiva del Museo ICO, y la promoción de la economía y las finanzas
sostenibles, en línea con las prioridades estratégicas del ICO
De una parte, el Instituto de Crédito Oficial, Entidad Pública Empresarial,
abreviadamente, Instituto de Crédito Oficial O ICO, titular del NIF Q2876002C, con
domicilio en 28014 Madrid, paseo del Prado, 4. Es un Organismo público configurado
como Entidad pública empresarial de las previstas en los artículos 84, 103 y siguientes
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; está
adscrita al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, a través de la Secretaría de
Estado de Economía y Apoyo a la Empresa. Tiene personalidad jurídica y patrimonio
propio; es sucesora de la Entidad de Derecho Público de su mismo nombre que fue
creada por Ley número 13/1971, de 19 de junio. Se rige por la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; por la disposición adicional sexta del
Real Decreto-ley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia
presupuestaria, tributaria y financiera; por las disposiciones que le sean aplicables de la
Ley 47/2003, General Presupuestaria, de 26 de noviembre; por sus estatutos, aprobados
por Real Decreto 706/1999, de 30 de abril, y, en lo no previsto en las normas anteriores,
por las especiales de las entidades de préstamo y por las generales del ordenamiento
jurídico privado civil, mercantil y laboral. No debe inscribirse en el Registro Mercantil.
cve: BOE-A-2025-15220
Verificable en https://www.boe.es
COMPARECEN
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 22-07-2025
ILLESCAS
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