Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 02-08-2025

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Boletín Oficial del Estado
02/08/2025

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. . III. Otras disposiciones. Organizaciones interprofesionales. (BOE-A-2025-16048)

Orden APA/836/2025, de 23 de julio, por la que se extiende el acuerdo de la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la carne de vacuno, al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria, para realizar actividades de promoción, comunicación e imagen en el mercado nacional e internacional y soporte y coordinación del sector durante un periodo de cinco años.

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Contenido de la primera página

Orden APA/836/2025, de 23 de julio, por la que se extiende el acuerdo de la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la carne de vacuno, al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria, para realizar actividades de promoción, comunicación e imagen en el mercado nacional e internacional y soporte y coordinación del sector durante un periodo de cinco años.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185

Sábado 2 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 104860

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Orden APA/836/2025, de 23 de julio, por la que se extiende el acuerdo de la
Organización Interprofesional Agroalimentaria de la carne de vacuno, al
conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria, para realizar
actividades de promoción, comunicación e imagen en el mercado nacional e
internacional y soporte y coordinación del sector durante un periodo de cinco
años.

El artículo 8 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones
interprofesionales agroalimentarias, establece que, adoptado un acuerdo en el seno de
una organización interprofesional agroalimentaria, relativo a actividades relacionadas con
las finalidades definidas en el artículo 3 de dicha ley que cuenten con un determinado
nivel de respaldo, podrán extenderse al conjunto de productores y operadores del sector
o producto.
Por otra parte, el artículo 9 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, permite que, en el
caso de extensión de normas al conjunto de productores y operadores implicados en un
sector, se pueda repercutir a los mismos, exclusivamente, el coste directo de las
acciones, sin discriminación entre los miembros de la organización interprofesional y los
productores y operadores no miembros.
La Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno, PROVACUNO,
constituida el 24 de septiembre de 2014, con estatutos depositados en el Registro del
Ministerio del Interior, adquiriendo personalidad jurídica al amparo de la Ley Orgánica 1/2002,
de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, fue reconocida como organización
interprofesional agroalimentaria del sector de carne de vacuno por Orden AAA/2501/2014,
de 23 de diciembre, conforme establece la Ley 38/1994, de 30 de diciembre.
La Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno,
PROVACUNO, ha propuesto la extensión de normas al conjunto del sector, con
aportación económica obligatoria, para realizar actividades de promoción, comunicación
e imagen en los mercados nacional e internacional y soporte y coordinación del sector
durante un periodo de cinco años.
La Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno,
PROVACUNO, aprobó por unanimidad, en Asamblea General de 13 de febrero de 2025,
el acuerdo objeto de la presente extensión, cumpliendo las exigencias de
representatividad y respaldo establecidas en el artículo 8.2 de la Ley 38/1994, de 30 de
diciembre, dado que tanto los porcentajes de representatividad acreditados por la
organización interprofesional en el momento de su reconocimiento, como los reflejados
en el expediente de solicitud, de acuerdo con los últimos datos que la interprofesional ha
suministrado, superan los mínimos exigidos.
El acuerdo extendido por la presente orden afecta a las materias relacionadas en las
letras a), b), c), e), f), g), m), n), ñ), o), p) y q) del artículo 3 de la Ley 38/1994, de 30 de
diciembre y abarca el período comprendido desde el 2 de enero de 2026 hasta el 31 de
diciembre de 2030, siendo las acciones a realizar de interés económico general para
todo el sector, ya que producirán un efecto económico positivo de incremento de la
demanda, beneficiando por igual a los agentes económicos integrados en la
organización interprofesional y a los que no pertenecen a ésta.
Mediante Resolución de la Dirección General de la Alimentación de 8 de abril
de 2025, se sometió al trámite de información pública la propuesta de extensión de
normas y de aportación económica obligatoria, de conformidad con el artículo 26 de la
Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

cve: BOE-A-2025-16048
Verificable en https://www.boe.es

16048

Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 02-08-2025

Ministerio Del Interior. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-16020)

Resolución de 28 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Ayuntamiento de Riofrío de Riaza, para el cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad.

Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. . III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-16024)

Resolución de 3 de junio de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid y ADIF-Alta Velocidad, para la realización de prácticas externas.

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Ministerio de Industria y Turismo. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-16046)

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