Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 09-08-2025

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Boletín Oficial del Estado
09/08/2025

Comunidad Autónoma de Extremadura. . I. Disposiciones generales. Función pública. (BOE-A-2025-16495)

Decreto-ley 4/2025, de 24 de junio, de medidas urgentes en materia de función pública.

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Decreto-ley 4/2025, de 24 de junio, de medidas urgentes en materia de función pública.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 191

Sábado 9 de agosto de 2025

Sec. I. Pág. 107979

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
16495

Decreto-ley 4/2025, de 24 de junio, de medidas urgentes en materia de
función pública.
LA PRESIDENTA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA

El Consejo de Gobierno ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo
establecido en el artículo 26.2 del Estatuto de Autonomía, promulgo el siguiente decreto-ley.

La aprobación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público, fue la primera actuación del legislador estatal para dar cumplimiento a las
previsiones contenidas en el artículo 103.3 de la Constitución y regular de manera
completa las bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos mediante una
Ley General del Estado, cuya competencia a través de este instrumento específico le era
atribuida en virtud de lo dispuesto en el artículo 149.1.18.ª del texto constitucional. No
obstante, el Estatuto Básico del Empleado Público constituye el cimiento de una nueva
regulación común del empleo público, que cristalizará de forma efectiva mediante su
desarrollo en cada Administración pública.
Partiendo de ese marco, y al amparo de las competencias de desarrollo normativo
reconocidas en el artículo 10.1.1 de nuestro Estatuto de Autonomía, se aprobó la
Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura. Actualmente, se ha
constituido una Comisión de Personal Experto para el desarrollo reglamentario de
referido texto legal y para, en su caso, acometer aquellas modificaciones que fueran
necesarias en la misma. Esta labor de estudio debe acometerse de forma estructural y
mesurada.
Mientras tanto, es necesario llevar a cabo modificaciones en la Ley 13/2015, de 8 de
abril, de Función Pública de Extremadura, en algunos casos con carácter extraordinario y
urgente. Así, en el Decreto-ley 2/2025, de 19 de mayo, de simplificación en materia de
urbanismo para la agilización de la aprobación del planeamiento y su ejecución para el
impulso a la promoción de vivienda y otras medidas urgentes en materia de energía y
función pública, se llevaron a cabo las modificaciones de los artículos 16, 53 y 85 de la
misma. Referido decreto-ley no ha sido convalidado en el Pleno de la Asamblea de
Extremadura.
No obstante, dada la extraordinaria y urgente necesidad de acometer estas
modificaciones en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, se
hace necesario aprobar de forma singularizada el presente decreto-ley.
Así, como se indica en el preámbulo del decreto-ley antes referenciado, por un lado,
se modifica el artículo 16.1 c) con la finalidad de ampliar hasta doce meses más,
respecto a los tres años permitidos actualmente, la duración de los nombramientos de
personal funcionario para la ejecución de programas de carácter temporal, en ejercicio
de la habilitación contenida en el artículo 10.1.c) del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre.
Por otro lado, se modifica el apartado 2 del artículo 53 ante la obligación de dar
cumplimiento a la Carta de Emplazamiento número 2014/4224 de la Comisión Europea,
por la que se insta a la eliminación de las condiciones laborales discriminatorias en el
sector público, en aras a la completa trasposición en España de la cláusula 4 del
Acuerdo anexo a la Directiva 1999/70/CE, sobre el trabajo de duración determinada

cve: BOE-A-2025-16495
Verificable en https://www.boe.es

I

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